MINISTERIO PUBLICO / ESTEBAN ALEXI LAGOS CONCHA
Rol
Fecha
9 de agosto de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto Que, atendido el mérito de autos y las alegaciones vertidas en estrados por los intervinientes, teniendo en consideración la dinámica de los hechos y la irreprochable conducta anterior del encartado, es del parecer de esta Corte que la seguridad de la sociedad y el éxito de las diligencias de investigación pueden satisfacerse, por ahora, mediante las cautelares impuestas por el a quo. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 5, 122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de ocho de agosto en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-734-2024.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 5, 122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de ocho de agosto en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-734-2024.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán mgab/rps Chillán, nueve de agosto de dos mil veinticuatro. Visto Que, atendido el mérito de autos y las alegaciones vertidas en estrados por los intervinientes, teniendo en consideración la dinámica de los hechos y la irreprochable conducta anterior del encartado, es del parecer de esta Corte que la seguridad de la sociedad y el éxito de las diligencias de investigación pueden satisf
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