MP C/ MICHAEL ANDRES ARIAS FUENTEALBA
Rol
Fecha
9 de agosto de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Que en causa Rol Ingreso Corte N°1278-2024, RIT N°44-2024 del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Linares, comparece don FRANCISCO JAVIER FLORES WHIPPLE, Defensor Penal Público, en representación del condenado ALEXIS FABIAN PEREZ BUSTAMANTE, quien deduce recurso de nulidad penal en contra de la sentencia definitiva pronunciada por el señalado tribunal, de fecha 3 de junio 2024, mediante la cual condena al acusado a sufrir la pena y accesorias que se detallan, como AUTOR de DOS DELITOS DE ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 en relación con lo dispuesto en el artículo 432 del Código Penal, ambos en grado consumado, cometidos el día 7 de agosto de 2023, aproximadamente a las 10:20 horas aproximadamente, en los domicilios Nº85 y 1453, ubicados en Avenida Presidente Ibáñez, Linares, a sufrir DOS PENAS de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo; y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Funda el medio de impugnación en estudio, en la causal estatuida en el artículo 374 literal e) de la recopilación instrumental penal, esto es, cuando, en la sentencia, se hubiere omitido alguno de los requisitos previstos en el artículo 342, letras c), d), o e)”, en relación con lo prescrito en el artículo 297 del Código Procesal Penal.
Fundamentos
CONSIDERANDO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: 1) Que el recurrente antes individualizado, endereza su arbitrio de nulidad formal, edificándolo sobre la base de la causal estatuida en el artículo 374 literal e) en relación al artículo 342 letra c), ambas normas del Código Procesal Penal, esto es, cuando en la sentencia, se hubiere omitido la exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, fueren ellos favorables o desfavorables al acusado, y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaren dichas conclusiones de acuerdo a lo prevenido en el artículo 297 del texto legal en referencia, expresando - en síntesis - que la infracción que motiva la interposición del recurso por la causal que se invoca, se levanta en el hecho que los sentenciadores en el
Fallo
fallo para dar por acreditado más allá de toda duda razonable la responsabilidad penal de mi representado ha infringido los principios de la lógica (razón suficiente), vulnerando de este modo el límite de valoración de la prueba establecido en la ley en nuestro sistema de sana crítica. La falta de corroboración de la conducta típica consignada en el artículo 440 N°1 del Código Penal, con otros elementos externos, respecto de la existencia del delito de robo en lugar habitado, y la participación que le cabría a su representado en los ilícitos. Concurre a juicio de la defensa el motivo absoluto de nulidad citado, por lo cual se solicita se declare la nulidad del juicio y de la sentencia recurrida en virtud de la causal contemplada en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, determinando el estado en que debe quedar el procedimiento y ordenando de esta forma la realización de un nuevo juicio oral ante Tribunal no inhabilitados. 2) Que en su recurso de nulidad, a la hora de desarrollar la causal impetrada, existe en lo medular un cuestionamiento al carácter indiciario de la prueba que sostiene la condena, que la defensa encuadra o presenta como insuficiencia probatoria e infracción al principio de la lógica de la razón suficiente que una lectura de la sentencia recurrida obligan a descartar. Esta Corte constata de entrada que la denuncia recogida en el presente arbitrio presenta una debilidad que el recurrente no quiso o no pudo superar, de la mano con la mayor exige
Texto Completo (Preview)
Talca, nueve de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO: Que en causa Rol Ingreso Corte N°1278-2024, RIT N°44-2024 del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Linares, comparece don FRANCISCO JAVIER FLORES WHIPPLE, Defensor Penal Público, en representación del condenado ALEXIS FABIAN PEREZ BUSTAMANTE, quien deduce recurso de nulidad penal en contra de la sentencia definitiva pronunciada por el seña
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