MP.AH. C/ JAIME LORENZO JOSE CARRERA BECERRA
Rol
Fecha
9 de agosto de 2024
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y OÍDO: Lo expuesto por los intervinientes por videoconferencia, teniendo especialmente presente lo dispuesto en el artículo 2 letra b) de la Ley 17.798 y que de los antecedentes reunidos hasta ahora por el Ministerio Público, aparece que se reúnen los requisitos del tipo penal objeto de formalización por parte del ente persecutor, y que además no existen otros antecedentes que permitan variar la medida cautelar decretada respecto del encausado, de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 149 del Código referido, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de ocho de agosto pasado, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Jaime Carrera Becerra y, en su lugar, se ordena la mantención de la prisión preventiva decretada en su contra. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Güiza, quien compartiendo la opinión expuesta precedentemente, en cuanto a la existencia del delito previsto en la Ley 17.798, estuvo por confirmar la resolución en alzada que modificó la prisión preventiva impuesta al imputado, por estimar que las medidas cautelares dispuestas por el Tribunal de primera instancia, resultan proporcionales con los hechos investigados y características personales del encartado. Devuélvase. Rol N° Penal-893-2024.
Texto Completo (Preview)
Iquique, nueve de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO Y OÍDO: Lo expuesto por los intervinientes por videoconferencia, teniendo especialmente presente lo dispuesto en el artículo 2 letra b) de la Ley 17.798 y que de los antecedentes reunidos hasta ahora por el Ministerio Público, aparece que se reúnen los requisitos del tipo penal objeto de formalización por parte del ente persecutor, y que adem
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