SIN INFORMACION

FIGUEROA / GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

9 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio N°1, se interpone recurso de amparo a favor de Ramiro Mesina Campos, 76 años, cédula de identidad N° 4.449.335-7, y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto ilegal no postularlo al beneficio de la libertad condicional correspondiente al primer semestre del año 2024, pese a cumplir con todos los requisitos para hacerlo, afectando su derecho a la libertad personal, garantizada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Explica que el amparado se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Educación y Trabajo La Pólvora, por un total de 66 años, 8 meses y 19 días. Señala que la primera condena fue decretada por el 2° Juzgado de Letras de Yungay, en que el actor cumple un saldo de pena de 12.803 días por quebrantamiento cometido en el Centro de Detención Preventiva de Yungay, con fecha 10 de abril de 1979. Las penas originales corresponden a 541 días por hurto de especies, 10 años y un día por robo con intimidación, 310 días por hurto de especies, 10 años y un día por robo con intimidación, 10 años y un día por robo con intimidación, 3 años y un día por hurto de especies, y 541 días por hurto. La segunda condena fue dictada por el 3º Juzgado del Crimen de Valparaíso, condenándolo a las penas de 10 años y un día por robo con homicidio, 10 años y un día por violación, 5 años y 1 día por homicidio frustrado, 5 años y 1 día por robo con violencia, 541 días por hurto de especies y 61 días por lesiones menos graves. Sostiene que concurren los requisitos para postular a la libertad condicional puesto que ha cumplido más de 38 años, conforme al inciso 4 del artículo 3 del Decreto Ley 321, que refiere que las personas condenadas a dos o más penas, cuya suma alcance o supere los cuarenta años de privación de libertad, sólo podrán postular al beneficio de libertad condicional una vez que hayan cumplido veinte años de reclusión. Arguye que en el año 2022 ya se presentó un recurso de amparo ROL 9.263-2022 solicitando la postulación

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria, se cuestiona el actuar de Gendarmería de Chile, quien no postuló al amparado al proceso de libertad condicional correspondiente al primer semestre del año 2024, infringiendo la norma del artículo 3° inciso cuarto del Decreto Ley 321, que establece que aquellas personas condenadas a dos o más penas, cuya suma alcance o supere los cuarenta años de privación de libertad, pueden postular a la libertad condicional una vez que hayan cumplido veinte años de reclusión. Segundo: Que, por su parte, Gendarmería de Chile sostiene que actuó correctamente y apegado a la legalidad, ya que al actor se le aplica el inciso tercero del artículo 3° del Decreto Ley 321, en el entendido que dentro de los delitos cometidos se encuentran aquellos contemplados en la referida norma, pudiendo optar a la libertad condicional, una vez cumplido dos tercios de la pena, las que en todo caso, deben ser sumadas para su posterior cálculo. Tercero: Que, tal como lo ha considerado la Excelentísima Corte Suprema, al fallar el recurso de amparo Rol IC N°9263-2022 interpuesto por el actor en contra de Gendarmería de Chile, al no postularlo al proceso de libertad condicional del año 2022, existe una evidente antinomia en las normas susceptibles de ser aplicadas al actor, esto es, artículo 3° incisos tercero y cuarto del DL 321, cuestión que corresponde dilucidar a la Comisión de Libertad Condicional, organismo llamado a determinar si el condenado cumple con los requisitos legales para tal efecto, razón por la cual la decisión de Gendarmería al decidir no postularlo bajo un criterio propio, a sabiendas que existen interpretaciones antagónicas, vuelve en ilegal su actuar, amenazando la libertad personal del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Ramiro Mesina Campos y en contra de Gendarmería de Chile, debiendo la recurrida postular al amparado al proceso para optar al beneficio de libertad condicional correspondiente al primer semestre del año 2024, debiendo la Comisión de Libertad Condicional sesionar en forma extraordinaria para conocer sobre la postulación del actor. Remítanse los antecedentes a la Comisión de Libertad Condicional para los fines pertinentes. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1615-2024. En Valparaíso, nueve de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio N°1, se interpone recurso de amparo a favor de Ramiro Mesina Campos, 76 años, cédula de identidad N° 4.449.335-7, y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto ilegal no postularlo al beneficio de la libertad condicional correspondiente al primer semestre del año 2024, pese a cumplir con todos los req

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