CAMILA ESCARES VILLA/SUPERINTENDENCIA REGIONAL DE SALUD REGIÓN DEL BIOBÍO
Rol
Fecha
8 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) En estos autos Rol Corte N° 18171-2024 comparece doña Camila Escares Villa, cuya profesión y domicilio indica, e interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia Regional de Salud del Bio Bío, representada por doña Paola Arriagada Delgado, estimando como acto ilegal y arbitrario la tardanza de más de 6 meses en tramitar un reclamo presentado contra la Clínica Sanatorio Alemán. Explica que el 12 de noviembre de 2023 presentó el reclamo N°50015112, dando cuenta de una serie de incumplimientos de la Clínica ya indicada, en relación a la Ley Dominga, los que acarrearon que sufriera un trato indigno en contexto de muerte gestacional. Acusa que pese al tiempo transcurrido dicho reclamo no ha sido resuelto, lo que constituye vulneración a las garantías constitucionales consagradas en los numerales 1 y 2 del Artículo 19 de la Carta Fundamental, esto es, el derecho a la integridad psíquica y la igualdad ante la ley. Solicita que se acoja el recurso de protección y se le ordene a la recurrida que resuelva la reclamación presentada, en un plazo máximo de cinco días. 2°) Que la recurrida solicitó el rechazo de la acción cautelar, haciendo presente que entre la presentación del recurso y la elaboración del informe respectivo, la reclamación fue acogida parcialmente, instruyéndose a la Clínica Sanatorio Alemán “a) Implementar protocolos y/o directrices locales en su establecimiento que permitan desarrollar las acciones concretas de contención y acompañamiento integral en aquellos casos de muerte gestacional o perinatal, todo ello en conformidad con lo indicado en la Norma General Técnica y Administrativa de la Ley N° 21.371, cumpliendo con las 3 etapas que señalada dicha norma técnica, las cuales, ya debiesen estar todas implementadas; b) Agendar para una capacitación a todos sus profesionales y personal de apoyo que preste servicios ginecológicos y obstétricos en sus dependencias, así como cualquier otro personal de salud que se
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en contra de la Superintendencia de Salud de la Región del BioBío. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redacción de la Ministra Nancy Bluck Bahamondes. No firma el ministro suplente Daniel Aravena Pérez, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por haber cesado su cometido funcionario en tal calidad. Protección Rol 18171-2024
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, ocho de agosto de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: 1°) En estos autos Rol Corte N° 18171-2024 comparece doña Camila Escares Villa, cuya profesión y domicilio indica, e interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia Regional de Salud del Bio Bío, representada por doña Paola Arriagada Delgado, estimando como acto ilegal y arbitrario la
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