1º JUZGADO DE LETRAS DE BUIN

INVERSIONES DIMANCHE LIMITADA CON FERCO MAQUINAS Y HERRAMIENTAS PARA LA AGRICULTURA Y LA CONSTRUCCION SPA

Rol

Fecha

8 de agosto de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que la causa se inició mediante medida prejudicial precautoria, notificada en forma personal subsidiaria el 26 de octubre de 2022, siendo ésta la primera gestión en el juicio, y

Fundamentos

considerando que el artículo 40 del Código de Procedimiento Civil dispone que “en toda gestión judicial la primera notificación a las partes o personas a quienes hayan de afectar sus resultados deberá hacerse personalmente”, debe entenderse válidamente notificado el demandado de la demanda de autos. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de uno de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Buin, en los autos Rol C-1035-2022 y

Fallo

se declara que la notificación de la demanda al demandado es válida como también todo lo obrado en autos. De acuerdo a lo resuelto, la jueza de la causa deberá dictar sentencia definitiva a la brevedad. Con todo, y a fin de evitar la nulidad de los actos del procedimiento, haciendo uso esta Corte de las facultades que le confiere el inciso final del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, verificándose del examen de los antecedentes que ninguna de las partes dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 49 del código antes citado, en orden a fijar domicilio dentro del territorio jurisdiccional del tribunal, se les hace efectiva la sanción dispuesta en el artículo 53 de dicha ley adjetiva, debiendo notificárseles por el estado diario todas las resoluciones que se dicten en esta causa. Devuélvase. N° 2158-2023- Civil.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, ocho de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que la causa se inició mediante medida prejudicial precautoria, notificada en forma personal subsidiaria el 26 de octubre de 2022, siendo ésta la primera gestión en el juicio, y considerando que el artículo 40 del Código de Procedimiento Civil dispone que “en toda gestión judicia

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica