MÉNDEZ/MÉNDEZ
Rol
Fecha
8 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/ALZAR ONI
Hechos
Vistos: PRIMERO: Que, el 28 de marzo del presente año compareció Héctor Antonio Méndez Albornoz, indicando domiciliarse en La Veta, Cajón de Nirivilo, S/N, Comuna de San Javier, Provincia de Linares, Región del Maule, interponiendo acción constitucional de protección en contra de José Isaías Méndez Méndez, con domicilio Cajón de Nirivilo, S/N, La Beta San Juan, de la comuna de San Javier, por negarle el ingreso a su propiedad a través del camino perteneciente a una servidumbre de tránsito legalmente constituida a su favor, actos ilegales y arbitrarios se traducen en constantes amedrentaciones –sic- a su persona, prohibiendo la entrada y tránsito de personas y vehículos por medio del camino perteneciente a la servidumbre de tránsito, vulnerando La garantías constitucionales de la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad. En cuanto a los hechos, refieren ser dueños de la propiedad por escritura pública resolución exenta número E-54767, en expediente número 110121, conforme al Decreto Ley 2.695, de 12 de noviembre de 2021, me adjudiqué la propiedad inmueble rural Cajón de Nirivilo, S/N, que forma parte de un predio ubicado en Nirivilo, comuna de San Javier, de una superficie de 1,8 hectáreas, equivalentes a 18.000 metros cuadrados, y los siguientes deslindes especiales: NORTE, con Sucesión Méndez Albornoz, separada por cerco; ESTE, con Sucesión Méndez Albornoz, separada por cerco, todos separados por Servidumbre de Tránsito; SUR, con Estero Sin Nombre que lo separa de Juan Méndez Albornoz; y OESTE, Camino Vecinal que lo separa de José Méndez Albornoz y José Méndez Albornoz, separado por cerco. El dominio a su nombre se encuentra inscrito a fojas 6594 vuelta, N° 3791 correspondiente al Registro de Propiedad del año 2022, del Conservador de Bienes Raíces de San Javier. Da cuenta que producto de la sucesión Méndez Albornoz, se repartió entre su dos hermanos y él, quedando según el plano N° 07406 - 17321 - S.R. el terreno de su propiedad, limitando al oeste con su h
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por Héctor Antonio Méndez Albornoz, en contra de José Isaías Méndez Méndez. Consecuentemente, se deja sin efecto la Orden de no innovar decretada el 2 de abril pasado, a folio 3. Redacto la ministra Blanca Rojas Arancibia. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 922-2024 Protección. Se deja constancia que no firma la Ministra doña Blanca Rojas Arancibia, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, por encontrarse con licencia médica. 6
Texto Completo (Preview)
Talca, ocho de agosto de dos mil veinticuatro.- Vistos: PRIMERO: Que, el 28 de marzo del presente año compareció Héctor Antonio Méndez Albornoz, indicando domiciliarse en La Veta, Cajón de Nirivilo, S/N, Comuna de San Javier, Provincia de Linares, Región del Maule, interponiendo acción constitucional de protección en contra de José Isaías Méndez Méndez, con domicilio Cajón de Nirivilo, S/N, La Bet
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