VILLEGAS MELLA JIM ANTONIO /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
8 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Viviana González Trabol, abogado, defensora penal pública penitenciaria, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Jim Antonio Villegas Mella, recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado, mediante resolución de 26 de abril del año en curso, la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, en virtud del Decreto Ley N° 321, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo una condena en causa RUC N° 1800836685-K, RIT N° 9573-2018, seguida ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, por el delito de robo con intimidación, con una pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo y en causa RUC N° 1700672413-2, RIT N° 6169-2017, seguida ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, por el delito de robo con violencia, con una pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo. Registra fecha de inicio de condena el 28 de agosto de 2018 y fecha probable de término el 2 de agosto de 2025, con tiempo mínimo cumplido el 2 de diciembre de 2022. Afirma que el recurrente en los 6 últimos bimestres mantuvo muy buena conducta y el análisis final del informe psicosocial para postulación al beneficio de libertad condicional, da cuenta que ha avanzado en su proceso de reinserción. Indica que la decisión de la Comisión es ilegal, toda vez que no considera las acciones que el interno realizó en su periodo de reclusión, las que demostrarían avances tanto en el ámbito educacional como laboral y se encuentra incorporado al Centro de Educación y Trabajo Colina I, en su proceso de reinserción, basándose únicamente para resolver en las conclusiones ne
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Jim Antonio Villegas Mella, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo-2199-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de agosto de dos mil veinticuatro. Al folio 6: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Viviana González Trabol, abogado, defensora penal pública penitenciaria, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Jim Antonio Villegas Mella, recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina I, en contra de la Comisión
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