JUZGADO DE GARANTIA DE CURACAVI

M.P C/ MARIA CAMILA CARRION ROJAS

Rol

Fecha

8 de agosto de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que de lo expuesto en la audiencia aparece que en este estadio procesal se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizada la investigación, y se estima, además, que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de acuerdo con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando la pluralidad de ilícitos, pena asignada a los mismos, bien jurídico protegido, el hecho de haber actuado en grupo o pandilla y eventual forma de cumplimiento, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de treinta y uno de julio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Curacaví, que decretó la prisión preventiva de María Camila Carrión Rojas. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2870-2024-Penal.

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Fecha: ocho de agosto de dos mil veinticuatro. Cuarta Sala Rol Corte: 2870-2024 RUC: 2301349217-4 RIT: 1074-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE CURACAVI Ministro de fe: Diego Muñoz Gaete Defensor: Claudio Salinas Irarrázaval Ministerio Público: Juan Barrios Herrera Imputado: María Camila Carrión Rojas Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, ocho de a

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