JUZGADO DE FAMILIA LA SERENA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

8 de agosto de 2024

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968, 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, estimando esta Corte que en este estadio procesal, los documentos acompañados a la demanda y referidos a estudios superiores de la alimentaria, son suficientes para justificar la calidad de estudiante que la habilita para accionar conforme al artículo 332 del Código Civil, junto con la información relativa a las facultades económicas del alimentante, agregadas al proceso, se CONFIRMA la resolución dictada el trece de mayo de dos mil veinticuatro, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Acordada con el voto...

Texto Completo (Preview)

La Serena, ocho de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968, 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, estimando esta Corte que en este estadio procesal, los documentos acompañados a la demanda y referidos a estudios superiores de la alimentaria, son suficientes para justificar la calidad de estudian

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