SIN INFORMACION

MARÍN/MERCADO LIBRE CHILE LTDA

Rol

Fecha

8 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En estos autos ingreso Corte N° 9311-2024, compareció Luis Álvaro Marín Concha, abogado, quien recurre de protección en contra de la empresa Mercado Libre Chile Limitada, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en el no pagó del valor de venta de su libro vendido en esa plataforma, alegando conculcada las garantías constitucionales del artículo 19 número 21° y 24° de la Carta Fundamental. Para fundar su recurso expone que hace varios años es usuario de la aludida plataforma, y que la utilizó para vender el libro de su propiedad denominado “Manual Pymes: Sociedades e Impuestos” del año 2021, del cual es el autor y afirma que tiene los derechos de autor. Expone que el problema se suscitó cuando vendió un ejemplar de su libro en Mercado Libre el día 7 de marzo de 2024 al usuario comprador Alfredo Scheu Goncalves (AMAXIMILIAN), a quien se le facturó y despachó el producto, llegando al destinatario final el día 9 de marzo de 2024, sin embargo ese producto no le fue pagado el día correspondiente -15 de marzo-. Desde esa fecha comenzaron los problemas, porque posteriormente, tuvo que detener las ventas de sus libros en la plataforma, por la retención ilegal y arbitraria de los fondos. Expone que reviso en la plataforma el día 20 de marzo, verificando los pagos y cobros, que detalla: precio del libro por $23.000; cargos por venta $ 4.830; cargo por envíos: $ 3.240; total a reembolsar a su persona $ 14.930 y consultado ese ese estado de pago, no hay respuesta ni información en la plataforma. Manifiesta que la retención del producto de la venta de su libro, atenta directamente contra el derecho de propiedad, que garantiza el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, a lo que suma que dichos actos de retención de fondos, además, coartan, amenaza y perturban el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, consagrado en el artículo 19 N° 21 de la Carta Fundamental. Seguidamente, desarrolla los antecedentes de derecho q

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que como reiteradamente se ha sostenido, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo o providencias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que prive, perturbe o amenace dicho ejercicio. Conforme a lo anterior, para la procedencia del recurso de protección se requiere la concurrencia copulativa de los siguientes requisitos de fondo: a) que se compruebe la existencia de una acción u omisión reprochada; b) que se establezca la ilegalidad o arbitrariedad de esa acción u omisión; c) que de la misma se siga directo e inmediato atentado (privación, perturbación o amenaza) contra una o más de las garantías constitucionales invocadas y protegibles por esta vía; y d) que la Corte esté en situación material y jurídica de brindar la protección. 2°.- Que la clave para elucidar de qué trata esta acción de protección está en precisar si la actuación denunciada es "ilegal" o "arbitraria". En este sentido, debe apuntarse que la afectación del derecho a través del acto u omisión arbitrario o ilegal debe ser directa, grave y manifiesta, pues ello es lo que justifica la naturaleza de este procedimiento breve y sumario que persigue el restablecimiento inmediato del derecho fundamental afectado. Por lo mismo, se requiere la efectiva existencia de un acto ilegal, vale decir, que no se atenga a la normativa por la que debe regirse, lo que también se verifica cuando un órgano ejerce atribuciones exclusivas en forma indebida, contrariando la ley. Por su parte, tal actuación es arbitraria cuando carece de razonabilidad en el actuar u omitir o bien cuando existe falta de proporción entre los motivos y el fin a alcanzar o ausencia de ajuste entre los medios empleados y el objetivo a obtener, o cuando no se verifican los hechos que fundamentan un actuar. 3°.- Que como se observa de lo petitorio del arbitrio, lo que se pretende por el actor es que se ordene el pago de un libro de su autoría que habría vendido a través de la plataforma recurrida, la que a juicio del aquel, incumplió lo pactado en el contrato celebrado al efecto, al haber retenido ilegal y arbitrariamente el importe de un transacción. Además, requiere se disponga por esta Corte que la recurrida informe sobre todas las retenciones efectuadas este último año en Chile, en relación a cada uno de sus clientes por ventas efectuadas. 4°.- Que del propio tenor del recurso y de lo expuesto en el informe, aparece que los hechos en que aquel se sustenta exceden el fin de la acción constitucional propuesta. En efecto, se plantea, en lo medular, que existió un incumplimiento contractual de parte del recurrido, quien

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de agosto de dos mil veinticuatro. Proveyendo al escrito folio 13: a todo, téngase presente. VISTO: En estos autos ingreso Corte N° 9311-2024, compareció Luis Álvaro Marín Concha, abogado, quien recurre de protección en contra de la empresa Mercado Libre Chile Limitada, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en el no pagó del valor de venta de s

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