JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL SANTIAGO

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL CON DON RICO SA

Rol

Fecha

9 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo previsto en el artículo 8º de la Ley N° 17.322, el recurso de apelación en materia de cobranza laboral, sólo será procedente en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, de la resolución que declare negligencia en el cobro señalado en el artículo 4º bis y de la resolución que se pronuncie sobre la medida cautelar del artículo 25 bis, naturaleza que no es atribuible a la resolución apelada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley N° 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandada el veintiséis de julio de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veinticuatro del mismo mes y año. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-2693-2024.mst

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley N° 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandada el veintiséis de julio de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veinticuatro del mismo mes y año. Regístrese y comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-2693-2024.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de agosto de dos mil veinticuatro. Al folio 3: a lo principal, estese a lo que se resolverá; al otrosí, como se pide, certifique la señora Secretaria lo que corresponda, al tenor de lo solicitado. Al folio 4: a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo previsto en el artículo 8º de la Ley N° 17.322, el recurso de apela

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