ROBERTO IZQUIERO AVILA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
8 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
LITIS PENDENCIA
Hechos
VISTOS: Comparece don Roberto Izquierdo Ávila, de nacionalidad cubana, sin indicación de domicilio, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, ambos domiciliados en San Antonio N° 580, Santiago, en atención a que el actuar ilegal y arbitrario del recurrido vulnera su garantía constitucional de igualdad ante la ley. Funda su recurso en que solicitó la permanencia definitiva con fecha 2 de junio de 2022, y hasta la fecha no ha obtenido respuesta del recurrido, cuestión que lo mantiene en una situación de incertidumbre. Arguye que la omisión ilegal y arbitraria de no dar respuesta a su solicitud de permanencia definitiva, formulada hace más de seis meses, constituye una infracción a los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N° 19.880, 37 de la Ley N° 21.325 y 46 del reglamento del mismo cuerpo de normas, al tiempo que atenta contra el principio de igualdad garantizado en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental. Cita jurisprudencia en apoyo a sus asertos. En definitiva, solicita se acoja el recurso y se ordene al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva. Informando el recurso don Elver Luciano Noriega Arteaga, abogado, en representación convencional del Servicio Nacional de Migraciones, opone la excepción de litis pendencia en atención a que se dedujo idéntica pretensión ante la Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol N° 1309-2024. En subsidio, alega la excepción de cosa juzgado en atención a que con fecha el tres de abril del presente año, idéntica presentación fue declarada inadmisible por una Sala de esta Corte en causa Rol N° 700-2024, decisión que fue confirmada por la Excma. Corte Suprema. Subsidiariamente, expone que el recurrente presentó solicitud de permanencia definitiva el 2 de junio de 2023, la que se encuentra actualmente en etapa de resolución. Manifiesta que los artículos 78 y 37 de la Ley N° 21.325 regulan el trámite de
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se ACOGE, la excepción de litis pendencia deducida por el recurrido y, en consecuencia, se rechaza el recurso de protección interpuesto por don Roberto Izquierdo Ávila en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Remítase copia de los antecedentes a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, por incidir en recurso de protección Rol N° 1309-2024. Regístrese digitalmente y archívese, en su oportunidad. N°Protección-1309-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, ocho de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece don Roberto Izquierdo Ávila, de nacionalidad cubana, sin indicación de domicilio, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, ambos domiciliados en San Antonio N° 580, Santiago, en atención a que el actuar ilegal y
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