SIN INFORMACION

ARAYA ARAYA, MARÍO HERNÁN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA SERENA

Rol

Fecha

7 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don José Ilabaca Sáez, abogado, en favor de don Mario Hernán Araya Araya, deduciendo recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena, representada por su alcalde don Roberto Jacob Jure, señalando como acto ilegal y arbitrario el rechazo de la solicitud de traslado de la patente de alcoholes Rol Nº400802, categoría expendio de cerveza, al inmueble ubicado en Avenida Francisco de Aguirre Nº662, La Serena, el que fuera notificado el 7 de junio pasado, lo que representa una vulneración al derecho a desarrollar cualquier actividad económica consagrado en el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República. Sostiene que el recurrente es un esforzado comerciante que adquirió la patente de alcoholes singularizada, categoría expendio de cerveza, correspondiente al local ubicado en Avenida Islón de esta ciudad e inició la búsqueda de un inmueble en un sector más interesante del punto de vista comercial, por lo que arrendó aquel emplazado en Avenida Francisco de Aguirre Nº662, La Serena, realizando las transformaciones necesarias para su aprobación por la Dirección de Obras Municipales. Refiere que, en ese contexto, el 25 de septiembre de 2023 presentó a la Municipalidad de La Serena la solicitud de cambio de domicilio de la patente, adjuntando la totalidad de los antecedentes exigidos por la Ley Nº19.925 y la Ordenanza sobre otorgamiento de patente de alcoholes de tal entidad. Señala que, a propósito de su petición, se solicitaron informes a la Dirección de Obras Municipales, a la Primera Comisaría de Carabineros de La Serena y a la junta de vecinos del sector. En el caso de la primera institución, mediante certificado Nº04-180, de 22 de noviembre de 2023, otorgó visto bueno para ser presentada en primera instancia al Concejo Comunal; la segunda, por medio del Oficio Nº78, de 12 de septiembre de 2023, expresó que no existen observaciones referentes a las normas y artículos que rigen estas materias en la ley de alcoholes, añadiendo que no obstante ello, efectuó entrevistas con vecinos, quienes manifestaron preocupación por la gran cantidad de locales con venta de alcohol existentes en el centro, constatando 323 llamados al nivel 133 por distintos hechos delictuales, realizando Carabineros de Chile 112 detenciones por diferentes actividades ilícitas; y, por último, la tercera omitió informar respecto de la solicitud impetrada. Expone, en cuanto al informe evacuado por la Primera Comisaría, que no formula observaciones al traslado de patente respecto de las normas que rigen la materia ni contiene ninguna apreciación ni recomendación específica respecto de la petición desde el punto de vista de la relevancia que tendría para la seguridad del sector, limitándose a señalar que se realizaron entrevistas a vecinos, los que manifestaron su preocupación por la gran cantidad de locales comerciales que existen en el centro, sin indicar cuántos fueron, si eran parte de la junta de vecinos y, t

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Mario Hernán Araya Araya, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°1050-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

Araya Araya, Mario Hernán Ilustre Municipalidad de La Serena Recurso de protección Rol N°1050-2024. La Serena, siete de agosto dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don José Ilabaca Sáez, abogado, en favor de don Mario Hernán Araya Araya, deduciendo recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena, representada por su alcalde don Roberto Jaco

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