C/ ENRIQUE GIANCARLO FLOREZ MAMANI
Rol
Fecha
7 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que del mérito de los antecedentes que se han puesto en conocimiento de esta Corte, se concluye que ciertamente han variado sustancialmente las circunstancias que en su oportunidad motivaron al órgano jurisdiccional a sustentar la medida cautelar personal dispuesta en contra del imputado en el peligro para la seguridad de la sociedad y para concluir que ella sólo puede ser resguardada eficientemente mediante su prisión preventiva. En efecto, la prueba ofrecida por el Ministerio Público en su acusación, cuyo mérito, se estima insuficiente para justificar la concurrencia de todos los elementos del delito por el cual fue formalizado el encausado, es un antecedente relevante que hace decaer la necesidad de cautela, por lo que, ante este nuevo escenario jurídico, se concluye que los fines del procedimiento pueden ser satisfechos por una medida cautelar de menor intensidad a la prisión preventiva. Por estas consideraciones y de conformidad a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 29 de julio pasado, dictada en los autos RIT N° 1.539-2024, por el 14° Juzgado de Garantía de esta ciudad, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Enrique Giancarlo Florez Mamani; y en su lugar se decide que se la sustituye por las de arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol Corte: Penal-4541-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 29 de julio pasado, dictada en los autos RIT N° 1.539-2024, por el 14° Juzgado de Garantía de esta ciudad, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Enrique Giancarlo Florez Mamani; y en su lugar se decide que se la sustituye por las de arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol Corte: Penal-4541-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, siete de agosto de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-4541-2024 Ruc: 2400324327-K Rit : O-1539-2024 Juzgado: 14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: las Ministras señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, señora Jenny Book Reyes y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma Relator: Hernando Falcón Digitadora:
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica