SIN INFORMACION

GONCALVES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

7 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Peñaloza Parra en representación de Damián Augusto Goncalves Rosales, cédula de identidad para extranjeros Nº 26.101.308-8, de nacionalidad venezolana, domiciliado en calle Fuenzalida Urrejola 125, comuna de la Cisterna, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, por el acto que califica de arbitrario e ilegal consistente en la Resolución Exenta Nº24271064, de 3 de junio de 2024, que ordenó el archivo de su solicitud de residencia definitiva, lo que estima infringe la garantía reconocida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Afirma que el 14 de octubre de 2022 solicitó el beneficio migratorio de residencia definitiva y el 3 de junio pasado fue notificado de la resolución cuestionada en que se le informó el archivo de la solicitud fundado en que posee una residencia temporal otorgada mediante Resolución Exenta Nº23242981 de 23 de junio de 2023. Cuestiona que tomó conocimiento del archivo de su solicitud un año y siete meses después de haber ingresado su requerimiento, sin que se le solicitaran antecedentes respecto de la causal de archivo. Agrega que el 16 de diciembre de 2022, posterior a su postulación, realizó un viaje y al regresar al país ingresó con su pasaporte de origen portugués, que es su segunda nacionalidad, haciendo ingreso en calidad de turista. Con posterioridad, y ante la falta de respuesta de su solicitud de residencia definitiva, encontrándose en un limbo migratorio, ingresó una solicitud de visa temporal bajo la subcategoria de reunificacion familiar. Sostiene que la solicitud de visa temporaria es posterior a su requerimiento de residencia definitiva por lo que el servicio no debió acoger a trámite la solicitud de residencia temporal. Pide que se ordene al organismo dar continuidad a su

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Damián Augusto Goncalves Rosales, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°3721-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que se anunciaron, escucharon relación y alegaron por el recurso el abogado señor Manuel Zamora y contra el recurso la abogado señora Camila Cortés. San Miguel, 7 de agosto de 2024. Diego Muñoz Gaete, Relator. San Miguel, siete de agosto de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 14: téngase presente. A los escritos de folios 15 y 16: téngase presente. Al escrito de folio 18: a lo

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