PASTRAN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
7 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Bárbara Luz Cardozo Carruyo, abogado, interpone recurso de protección en favor de doña Gleixys Francelis Pastrán Colmenares, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Séptima Avenida N°1234, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 numerales 2 y 3 de la Constitución Política de la República, consistente en archivar su solicitud de permanencia definitiva formulada el 9 de febrero de 2023, mediante Resolución Exenta N°24112651, de 11 de marzo de 2024. Explica que dado el complicado estado de salud de la madre de su cónyuge -cáncer en etapa avanzada- viajó junto a su familia a Venezuela el 23 de agosto de 2023 y retornó a Chile el 11 de marzo pasado, oportunidad en que tomó conocimiento del archivo de su solicitud. Argumenta que la actuación de la recurrida transgrede lo dispuesto el artículo 38 de la Ley N°21.325, así como los artículos 47 y 63 de del D.S. N°296, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento de la ley antes referida, desde que dichas disposiciones establecen el libre acceso y salida del territorio nacional de los extranjeros con un permiso de residencia en trámite, sin limitar el número de entradas y salidas y sin establecer un periodo de ausencia máxima del territorio nacional que afecte la tramitación de la solicitud. Añade que solo se regula dicha situación, en el artículo 69 del mismo reglamento, respecto de extranjeros titulares de un permiso de permanencia definitiva, limitando su ausencia del territorio nacional a un período máximo de dos años continuos para la mantención del beneficio. Pide, en definitiva, se ordene al organismo recurrido dejar sin efecto el acto recurrido y reanudar sin más tr
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Gleixys Francelis Pastrán Colmenares, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°1903-2023 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, siete de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Bárbara Luz Cardozo Carruyo, abogado, interpone recurso de protección en favor de doña Gleixys Francelis Pastrán Colmenares, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Séptima Avenida N°1234, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Cor
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