SIN INFORMACION

VALENZUELA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Claudio Andrés Valenzuela Opazo en representación de Taco Moda SpA, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la imposición de dos multas –a su juicio– de forma ilegal y arbitraria, atentando las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 numerales 2º, 3º y 24º de la Constitución Política de la República. Como antecedentes del caso señala que el 5 de septiembre de 2023 se enteró de una cobranza judicial por parte de la Tesorería General de la República, cuando un locatario del sector le pasó a su suegro Juan Duran Bravo, el requerimiento de pago entregado por el recaudador fiscal. En este documento se requiere de pago a su representada en causa Rol 58.765, por una multa de 48,45 sueldos vitales, impuesta por el Servicio Nacional de Migraciones por sentencia de 29 de julio de 2022, sin fundamento alguno. Agrega que el 12 de diciembre de 2023 fue nuevamente notificado de un requerimiento de pago de la Tesorería, ahora por una sentencia de 29 de marzo de 2021, por una multa de 22,96 sueldos vitales, sin más información. Refiere que los documentos entregados señalan como domicilio Patronato Nº 218, existiendo un error en la dirección ya que en esa calle no existe esa numeración. Pero, el principal error ese no es su domicilio sino que Patronato Nº 324, ambas direcciones en la comuna de Recoleta. Señala que, a raíz del primer requerimiento de pago, el 12 de septiembre entregó un escrito en la oficina de partes del Servicio de Migración solicitando la nulidad de la multa. Este fue respondido vía correo electrónico el 24 de enero de 2024, diciendo que de acuerdo con los registros que mantienen les consta que la notificación fue realizada por Correos de Chile en la dirección que mantiene el Servicio, sin indicar cuál. Por otra parte, el 26 de diciembre de 2023 efectuó un requerimiento vía Ley de Transparencia solicitando “el expediente de PDI en donde se

Fundamentos

motivos y la finalidad que alcanza; y que, enseguida, provoque privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de una o más de las garantías protegidas. Quinto: Que, de los antecedentes incorporados al expediente, tanto por la recurrente como la recurrida para acreditar sus afirmaciones, además de la copia del expediente administrativo solicitado por esta Corte como medida para mejor resolver, es posible establecer las siguientes circunstancias fácticas: I. En relación con la sanción impuesta por Resolución Exenta 37837, de 29 de marzo de 2021: a) El 8 de enero de 2021, la Policía de Investigaciones de Chile emitió Informe policial Nº 20210009342/00131 dirigido al Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dando cuenta que tras fiscalización al local comercial “Taco Moda” ubicado en calle Patronato Nº 219, Recoleta, se constató infracción a los artículos 70 y 74 de la Ley de Extranjería, por la extranjera Lisabeth Yuretsi MATURET MONSERRATT. b) En declaración policial voluntaria de la extranjera Lisabeth Yuretsi Maturet Monserratt, señaló que trabajaba como vendedora con la señora Teresa Luengo, en local llamado “Taco Moda” ubicado en calle Eusebio Lillo Nº 219, Recoleta. c) Que producto de la denuncia se dictó la Resolución Exenta Nº 37837, de 29 de marzo de 2021, que aplicó una sanción pecuniaria al empleador Taco Moda SpA, Rut 76.887.984-2, representada por Juan Ivam (sic) Duran Bravo, por dar trabajo a extranjero sin la autorización respectiva a MATURET MONSERRATT Lisabeth Yuretsi, parte policial Nº 131 del 08 de enero de 2021, aplica multa de 5,28 Ingresos Mínimos No Remuneracionales. d) Mediante Oficio Ordinario Nº 12.778, emitido el 12 de abril de 2021, la recurrida comunica a Taco Moda SpA, la sanción impuesta. Este oficio se envió al domicilio ubicado en Patronato Nº 218, Recoleta, según consta tanto del oficio como de la Guía de despacho a Correos de Chile Nº 130, de 14 de mayo 05 de 2021, pos-397, correo 41.592, recibido en oficina de Correos el 17 de mayo de 2021. e) La notificación y requerimiento de pago efectuado por la Tesorería General de la República de esta multa (expediente 2012-2022 Recoleta, Tesorería Región Metropolitana) se realizó el 9 de agosto de 2023, por un recaudador fiscal, por cédula, en la dirección Patronato Nº 218, Recoleta. f) En los antecedentes de nómina de deudores morosos aparece la recurrente Taco Moda SpA. domiciliada en Patronato Nº 218, Recoleta, por una deuda con el Servicio Nacional de Migración causa Rol 37837, sentencia de 29 de julio de 2022, con documento vencido el 29 de marzo de 2021, cuyo valor adeudado es de 22,96 sueldos vitales. II. En relación con la sanción impuesta por Resolución Exenta 58765, de 29 de marzo de 2021: g) El 11 de enero de 2021, la Policía de Investigaciones de Chile emitió Informe policial Nº 20210010490/00131 dirigido al Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, d

Fallo

Por estas razones, solicita a esta Corte que anule las multas y la suspensión del procedimiento de cobro y ejecución. Sin embargo, en el petitorio del recurso solicita que se ordene a la recurrida pronunciarse dentro de un plazo razonable, conforme lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Nº 19.880, o el que esta Corte estime pertinente, adoptando las providencias necesarias para el restablecimiento del derecho, con costas. Segundo: Que, al evacuar su informe, la recurrida solicitó el rechazó de la acción constitucional deducida en su contra. Señala que los actos administrativos que impusieron cada una de las multas fueron: 1) Resolución Exenta Nº 37.837, de 29 de marzo de 2021, aplicando una multa de 5,28 Ingresos Mínimos No Remuneracionales, notificada mediante oficio Ordinario Nº 12.778, de fecha 12 de abril de 2021, enviado a través de Correos de Chile, guía Nº 130 de 14 de mayo de 2021. 2) Resolución Exenta Nº 58.765, de 3 de mayo de 2021, aplicando una multa de 11,14 Ingresos Mínimos No Remuneracionales, notificada mediante oficio Ordinario Nº 18.247, de 26 de mayo de 2021, enviado a través de Correos de Chile, guía Nº 164, de 15 de junio de 2021. Precisa que ambas resoluciones fueron notificadas mediante carta certificada a través de Correos de Chile a su domicilio en calle Patronato Nº 218, comuna Recoleta, Santiago. Indica que la sanción se impuso bajo la norma migratoria vigente al momento, esto es, el Decreto Ley Nº 1.094 de 1975 y el Decreto Supremo Nº 597 de

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C.A. de Santiago Santiago, seis de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Claudio Andrés Valenzuela Opazo en representación de Taco Moda SpA, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la imposición de dos multas –a su juicio– de forma ilegal y arbitraria, atentando las garantías constitucionales establec

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