SIN INFORMACION

GARCIA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en favor de JHONATHAN STEVEN GARCIA MOLINA, interponiendo recurso de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria al no emitir el pronunciamiento concreto y oportuno respecto de la solicitud de residencia definitiva N°52726828, presentada por la parte recurrente con fecha 05 de abril de 2023, actuación que considera vulneratoria de sus garantías constitucionales, ya que ha transcurrido 1 año sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud formulada o haya emitido un acto terminal, infringiendo el derecho a la igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita que se acoja el presente recurso y se ordene al Servicio Nacional de Migraciones emitir el pronunciamiento respecto de la solicitud ingresada conforme a derecho y los requisitos establecidos. Señala que el recurrente es un ciudadano colombiano de 43 años, que ingresó a Chile con el objetivo de establecerse, trabajar y desarrollar un proyecto de vida en nuestro país, motivo por el cual decide cambiar su condición migratoria, iniciando su proceso de regularización en el año 2023, cumpliendo a cabalidad con todos los requisitos exigidos por el Servicio Nacional de Migraciones. Sin embargo, la omisión que se reclama dice relación con el incumplimiento de la autoridad administrativa, debido a la falta de respuesta en la solicitud ingresada por la parte recurrente, situación que lo ha mantenido en un estado constante de preocupación e incertidumbre, toda vez que el Servicio Nacional de Migraciones hace de éste un trámite indefinido, arbitrario y sorpresivo. Asimismo, el recurrente afirma que la omisión en que ha incurrido la autoridad administrativa no se ajustaría a la normativa vigente, en conformidad a la Ley N°19.880, que establece el plazo dentro del c

Fallo

se declara la inadmisibilidad del presente recurso de protección, citando a modo preliminar sendos fallos de la Excma. Corte Suprema que ilustran su posición al respecto, por no existir una acción u omisión que pueda ser calificada de ilegal, por ende la pretensión deducida excede con creces la tutela cautelar del recurso de protección. Agrega que en autos no se ejercita un derecho indubitado, pues debe constatarse el carácter preexistente e indiscutido del derecho afectado, pero en el acto no hay vulneración alguna que pueda ser cautelada por esta vía, además, todo extranjero que tenga solicitud de residencia en trámite se puede desarrollar en forma plena, sin estar impedido de hacer trámites esenciales, por lo que la acción debe ser declara inadmisible. En subsidio, opone excepción de falta de legitimación pasiva ya que el presente recurso de protección se dirige en contra del Servicio Nacional de Migraciones, pero la supuesta acción u omisión que se considera ilegal o arbitraria emana de terceros indeterminados. En efecto, señala que nunca ha dejado en indefensión a la recurrente, manteniendo la regularidad migratoria del mismo y que pueda realizar cualquier actividad lícita, así como desplazarse libremente, por lo que no es el servicio el legitimado activo al respecto. En subsidio, informa el presente recurso de protección, señalando que el recurrente ingresó al país por el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, el día 15 de agosto de 2019, y con fecha 7 de no

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C.A. de Santiago Santiago, seis de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en favor de JHONATHAN STEVEN GARCIA MOLINA, interponiendo recurso de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria al no emitir el pronunciamiento concreto y oportuno

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