NAVARRETE/SUPERINTENDENCIA DE SEGURDAD SOCIAL
Rol
Fecha
7 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Con fecha 17 de mayo del 2024, comparece doña Alejandra Pamela Navarrete Zurita, cédula de identidad 13049580-K, Médico cirujano, por sí, con domicilio para estos efectos en el Centro de Salud Familiar N°3 Dr. Abel Zapata (CESFAM 3), ubicado en calle Bombero Villalobos 10, Población San Luis, Rancagua, e interpone recurso de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), representada por doña Pamela Gala Cornejo, ambas con domicilio para estos efectos en calle Morandé 249, Santiago, Región Metropolitana, por los actos que estima ilegales y arbitrarios consistentes en la Resolución Exenta N° D-01-S-0078 2024 de fecha 31 de enero de 2024, mediante la cual se le aplica a la recurrente una multa de 7.5 UTM conforme al artículo 5 de la ley 20.585, por estimar que se ha emitido una licencia médica con evidente falta de
Fundamentos
fundamentos médicos, y la Resolución Exenta D-01-S-257-2024 de 18 de abril de 2024, que desestimó el recurso de reposición que interpuso, por extemporáneo, lo que vulnera sus derechos constitucionales de la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos y el debido proceso; y su derecho de propiedad, consagrados en el artículo 19 Nº 3 y 24 de la Constitución Política de la República, solicitando que se dejen sin efecto los actos impugnados, con expresa condena en costas. Explica que es médico cirujano, titulada el año 2006 de la Universidad de Santiago de Chile, y que hace más de 15 años se desempeña en la atención pública. Indica que desde el año 2009 trabaja como dependiente en el centro de salud Familiar n°3 de Rancagua, dependiente de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua (CORMUN), donde se realiza medicina familiar. Expone que ha realizado diplomados, cursos y capacitaciones de distintas áreas de la medicina, y que desde el año 2010 participa en consultorías con equipo psiquiátrico liderado por el Médico Psiquiatra, las cuales tienen por objetivo evaluar si se debe derivar a un paciente determinado a interconsulta con COSAM, o no. Señala que la atención primaria es parte de un complejo sistema de salud, en donde se debe atender obligatoriamente a todas las personas inscritas en FONASA y en el CESFAM correspondiente, y que para derivar a tención secundaria en Hospitales, se debe realizar un formulario de “interconsultas”, el cual debe cumplir con los protocolos establecidos por los especialistas, en este caso, del Hospital Regional de Rancagua. En el intertanto, indica que como atención primaria se le debe seguir dando tratamiento al paciente, muchas veces sin lograr reinsertarlo en las actividades laborales, debido a los fármacos y atención médica de la cual se dispone en la atención primaria. Agrega que las personas a quienes se les otorga licencia médica son trabajadores dependientes y
Fallo
por tanto el subsidio laboral es pagado por FONASA, quien a través de la COMPIN, evalúa la licencia médica extendida y supervisa que esta esté dentro del marco legal, y además dentro de sus facultades puede solicitar al usuario más antecedentes médicos, para aprobar el subsidio que esta implica. Además, pueden realizar un peritaje para que el usuario pueda ser evaluado por un especialista del COMPIN. En octubre de 2023, la SUSESO le comunicó un proceso de fiscalización y se le solicitó informe, debido a la emisión de una licencia médica emitida a doña Sandra de las Mercedes Guevara Cornejo, mientras ejercía sus labores profesionales en el Centro de Salud Familiar Dr. Abel Zapata, de la ciudad de Rancagua, el cual entregó dentro del plazo legal. A esta paciente se le otorgaron licencias médicas desde el año 2021 al año 2024, siendo los primeros 13 meses por traumatología. En síntesis, indica que la paciente acumuló un total de 1108 días de reposo y de ellos se autorizó 620 días y se le rechazaron otros 488, por el COMPIN, y de esos 1108 , ella solo le otorgó 3 licencias, sancionándola por una licencia de 30 días, sin que conste que se haya cuestionado o sancionado a ninguno de los otros profesionales que la atendieron, ni al Hospital Regional que no quiso recibir a la paciente, ni tampoco al CESFAM N°3 que no derivó a la paciente a la atención al Hospital Regional. Indica que a mediados de 2022 fue ella quien planteó vía email presentar el caso a consulta con psiquiatra para
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Vistos: Con fecha 17 de mayo del 2024, comparece doña Alejandra Pamela Navarrete Zurita, cédula de identidad 13049580-K, Médico cirujano, por sí, con domicilio para estos efectos en el Centro de Salud Familiar N°3 Dr. Abel Zapata (CESFAM 3), ubicado en calle Bombero Villalobos 10, Población San Luis, Rancagua, e interpone recurso de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO
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