SIN INFORMACION

RECURRENTE: MINISTERIO PUBLICO DE LOS ANGELES. RECURRIDO: JUZGADO DE GARANTIA DE LOS ANGELES

Rol

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: 1°.- Que el fiscal del Ministerio Público Juan Acevedo Cifuentes, interpuso recurso de hecho en contra de la resolución de 15 de julio de 2024, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, en causa RIT 2921-2022, RUC 2200705666-8, que denegó, por falta de fundamentos, el recurso de apelación interpuesto verbalmente en audiencia de igual data, en contra de la resolución que dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Matías Antonio Villamán Villamán, por considerar que las exigencias de las letras a) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, no subsisten a esta época. Refiere que el 22 de julio de 2022, la Fiscalía formalizó investigación en contra del imputado por el delito de robo en lugar destinado a la habitación, oportunidad en el a quo le impuso la medida cautelar de arresto domiciliario total, por considerarla adecuada y proporcional al caso particular. Luego, el 25 de abril del año 2023 en audiencia de control de detención ante Juzgado de Garantía de los Ángeles, se formaliza al imputado, nuevamente por delito robo en lugar habitado o destinado a la habitación, manteniéndose respecto de éste, la medida cautelar de arresto domiciliario total. En audiencia de 28 de octubre de 2023, se intensifica la medida cautelar a la de prisión preventiva, por haber sido detenido el imputado, por personal de Carabineros el día 27 de octubre de 2023, incumpliendo la medida cautelar originalmente impuesta y mantener órdenes de detención vigentes. Posteriormente, en audiencia de 15 de julio del año 2024, el a quo dejó sin efecto la prisión preventiva, dejando al imputado sin medida cautelar alguna, por considerar que las exigencias de las letras a) y c) del artículo 140 no subsisten a la época, en concordancia con las alegaciones de la defensa, se trataría de un presunto delito de receptación. El Ministerio Público apela verbalmente a dicha resolución, invocando el artículo 149 del Código Procesal Penal y en cumplimiento de lo dis

Fundamentos

fundamentos los expuestos al momento de la revisión de medida cautelar. Sin embargo, el tribunal no concede el recurso, por falta de fundamentos. Pide se dé lugar a la apelación presentada por su parte en contra de la resolución que revocó la prisión preventiva por considerar que las exigencias de las letras a) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, no subsisten a la época. 2°.- Que, teniendo únicamente presente que los argumentos que se tuvieron en consideración en la audiencia ante el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, para decidir la petición que formuló la defensa, en orden a reemplazar la prisión preventiva por cautelar diferente y que los argumentos que dio el Ministerio Público para oponerse a dicha solicitud, constituyen los fundamentos de la apelación y al apelar verbalmente el persecutor, en esta audiencia, señaló como petición concreta que se mantuviera la situación procesal del imputado, esto es, mantener la prisión preventiva. De esta manera el recurso de apelación intentado por el Ministerio Público reúne todos los requisitos de los artículos 149, 367 y 369 del Código Procesal Penal, de modo tal que el recurso de apelación debió ser necesariamente concedido, por lo que el recurso de hecho será acogido de la forma que se dirá.

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara: Que se acoge, el recurso de hecho interpuesto por el Ministerio Público, y, en consecuencia, queda concedido el recurso de apelación promovido en contra de la resolución de quince de julio del año en curso, dictada en el RIT 2921-2022 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles. El tribunal a quo adoptara, a la brevedad, las medidas para que ingresen los antecedentes necesarios para el conocimiento del recurso que acaba de ser concedido. Pasen los antecedentes al Sr. Presidente para los fines pertinentes. Regístrese, notifíquese y archívese. Redactó el ministro señor Gonzalo Rojas Monje. N°Penal-1392-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CNA/shp Concepción, seis de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°.- Que el fiscal del Ministerio Público Juan Acevedo Cifuentes, interpuso recurso de hecho en contra de la resolución de 15 de julio de 2024, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, en causa RIT 2921-2022, RUC 2200705666-8, que denegó, por falta de fundamentos, el recurso de apelación interpuesto ve

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