JUZGADO DE FAMILIA COPIAPÓ

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

7 de agosto de 2024

Materia

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Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y compartiendo el parecer del Fiscal Judicial de esta Corte, señor Rodrigo Cid Mora, en su dictamen de folio 13, y de conformidad, con lo dispuesto en el artículo 191 del Código Orgánico de Tribunales, se dirime la contienda de competencia y se declara que el Juzgado de Familia de Vallenar, es el tribunal competente que debe continuar con la tramitación de la causa. Comuníquese lo resuelto, por la vía más expedita al Juzgado de Familia de Vallenar Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese y devuélvase. N°Familia-170-2024./plg OFICIO N° NUM000 COMUNICA CONTIENDA...

Fallo

se declara que el Juzgado de Familia de Vallenar, es el tribunal competente que debe continuar con la tramitación de la causa. Comuníquese lo resuelto, por la vía más expedita al Juzgado de Familia de Vallenar Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese y devuélvase. N°Familia-170-2024./plg OFICIO N° NUM000 COMUNICA CONTIENDA...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, siete de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y compartiendo el parecer del Fiscal Judicial de esta Corte, señor Rodrigo Cid Mora, en su dictamen de folio 13, y de conformidad, con lo dispuesto en el artículo 191 del Código Orgánico de Tribunales, se dirime la contienda de competencia y se declara que el Juzgado de Familia de Vall

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