JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE FREIRINA

MP C/ JUAN NICOLAS JIMENEZ CAMPILLAY

Rol

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1°) Atendido el mérito los antecedentes que obran en la carpeta judicial y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, se advierte lo siguiente: a) En el caso de don Juan Nicolás Jiménez Campillay, la anterior revisión de la medida se produjo en la audiencia de 29 de agosto de 2023 y si bien en el informe de 1 de junio de 2024 se da cuenta de la falta de asistencia al control mensual correspondiente a junio, debe descartarse la reiteración de la conducta, sin perjuicio de lo cual el mismo informe del CRS precisa que el penado se comunicó telefónicamente y manifestó encontrarse temporalmente en La Serena por problemas familiares, indicando en la audiencia que su pareja había tenido problemas de salud; b) En cuando a don Francisco José Bugley Sandoval, el informe del CRS da cuenta de una justificación por problemas de salud, reconociendo la delegada presente en la audiencia que se le hizo llegar el respectivo DAU, el que fue incorporado a la causa con posterioridad a la audiencia, pudiendo advertirse de dicho documento que con fecha 20 de mayo de 2024, fue atendido en el Hospital Manuel Magalhaes M., con diagnóstico “infección aguda de las vías respiratorias superiores, no especificada” y “ruptura traumática del tímpano del oído”. 2°) Que conforme a lo reseñado precedentemente, se concluye por estos sentenciadores que, por ahora, los incumplimientos de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva a que están sujetos los condenados no reviste los caracteres de reiteración y gravedad que exige el artículo 25 de la Ley N° 18.216, para decidir su revocación. Por estas consideraciones y de conformidad a los artículos, 37 de la Ley N°18.216, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada, dictada en audiencia de dieciocho de julio de dos mil veinticuatro por el Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Frerina, don Pablo Rodríguez Bustos y en su lugar se decide que se mantiene la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva qu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a los artículos, 37 de la Ley N°18.216, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada, dictada en audiencia de dieciocho de julio de dos mil veinticuatro por el Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Frerina, don Pablo Rodríguez Bustos y en su lugar se decide que se mantiene la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva que cumplen los sentenciados Juan Nicolás Jiménez Campillay y Francisco José Bugley Sandoval. Regístrese y devuélvase. N° Penal-591-2024.

Texto Completo (Preview)

Fecha: seis de agosto de dos mil veinticuatro Sala: Primera Rol Corte: Penal-591-2024 Ruc N°: 2000239102-4 Rit N°: O-126-2020 Juzgado: Letras y Garantía de Freirina. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Pablo Krumm De Almozara, ministro señor Carlos Meneses Coloma y ministra (s) señora Llilian Durán Barrera Relator: Anita Maluenda Hernández Abogado Asesor M.P.: Juan Fernández Espejo Defensor:

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica