SHELDA ALCENORD / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
6 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Pedro Elmine, estudiante de derecho, quien recurre de protección a favor de Shelda Alcenord, ambos haitianos, con domicilio para estos efectos en Quilpué, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario, consistente en no habilitar correctamente el link de descarga del estampado electrónico concedido a la actora en virtud de la residencia temporal que le fue otorgada, mediante Resolución N°23276471. Refiere que la recurrente solicitó la Residencia Definitiva, pero le fue rechazada por Resolución N° 23276471, de 21 de julio de 2023, que le concedió, en cambio, una residencia temporal, indicando en ella los pasos a seguir para poder descargar el estampado electrónico correspondiente. Pese a ello, señala que no ha podido descargar tal estampado, porque no está habilitado desde el perfil de la recurrente, el botón para continuar con el proceso de obtención y descarga del estampado electrónico. Afirma que aquello ha vulnerado su derecho a la libertad personal, por no poder acreditar su condición de residente temporal. Pide se ordene a la recurrida habilitar la descarga del estampado electrónico de residencia temporal de la recurrente, emita un nuevo estampado con la identificación correcta de la beneficiaria de residencia temporal, o bien adopte las medidas que esta Corte considere necesaria para corregir la vulneración indicada. Acompaña documentos al recurso. A folio 8 evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, por las razones que expone. En primer lugar alega que el recurso perdió oportunidad porque la recurrente activó el beneficio migratorio de residencia temporal, teniendo vigencia desde el 19 de abril de 2024 al 19 de abril de 2025, según da cuenta el comprobante de Estampado Electrónico que acompaña. Añade que la misma materia fue ventilada ante esta Corte en recurso de amparo N°1567-2023, lo que evidencia un abuso del derecho, pues se insiste sobre una pret
Fundamentos
considerando: Primero: Que, por medio del presente recurso la parte recurrente denuncia que no le resulta posible descargar el estampado electrónico correspondiente a la residencia temporal otorgada por Resolución N°23276471, de 21 de julio de 2023, por no estar habilitado en la página web del Servicio Nacional de Migraciones. Por su parte la recurrida alega pérdida de oportunidad del recurso, pues el estampado electrónico fue descargado por la actora y está vigente desde el 19 de abril de 2024 al 19 de abril de 2025, acompañando documento que así lo acredita. Segundo: Que, según el documento acompañado por la recurrida a folio 8, el Estampado Electrónico de la residencia temporal otorgada a la actora sí fue descargado por ella, por cuanto éste se encuentra vigente en el periodo ya señalado por el Servicio, lo que da cuenta que éste fue activado antes de la fecha de interposición del recurso, lo que motiva su rechazo por pérdida de oportunidad. Tercero: Que, por otro lado no resulta efectivo el argumento de la recurrida en cuanto a que este recurso sea igual al recurso de amparo Rol N°1567-2023, pues en aquél la recurrente denunció la imposibilidad de pagar los derechos correspondientes a la residencia temporal otorgada, lo cual le impediría, a su vez, descargar el estampado electrónico correspondiente, ordenando el
Fallo
fallo que dicha función fuese activada por el Servicio Nacional de Migraciones. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Shelda Alcenord, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección 5116-2024. En Valparaíso, seis de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparece Pedro Elmine, estudiante de derecho, quien recurre de protección a favor de Shelda Alcenord, ambos haitianos, con domicilio para estos efectos en Quilpué, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario, consistente en no habilitar correctamente el link de descarga del est
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