1º JUZGADO CIVIL DE PUENTE ALTO

ELECTRICA PUNTILLA S.A/AGUAS PIRQUE S.A.

Rol

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales consta que se encuentra constituido el mandato de la demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 6, inciso segundo, número 3° del Código de Procedimiento Civil, a folio 12, y teniendo además presente que se declaró incurso al ejecutado en un apercibimiento no contemplado en la ley; y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del citado cuerpo legal adjetivo, se revoca la resolución apelada de siete de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, en los autos Rol 15275-2023 y se declara que el juez de la causa deberá dar curso progresivo a la causa como en derecho corresponda. Devuélvase. N° 1391-2024- Civil.

Fallo

se declara que el juez de la causa deberá dar curso progresivo a la causa como en derecho corresponda. Devuélvase. N° 1391-2024- Civil.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, seis de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales consta que se encuentra constituido el mandato de la demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 6, inciso segundo, número 3° del Código de Procedimiento Civil, a folio 12, y teniendo además presente que se declaró incurso al ejecutado en un apercibimiento no contemplado

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