SOC. ALIMENTOS Y PRODUCTO MAITA Y LUCERO LTDA./JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE VALPARAI
Rol
Fecha
6 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece doña Leslie Cornejo Medina, abogada, en representación de la parte ejecutada “Alimentos y Productos Maita y Flores Ltda.”, en procedimiento ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales, causa RIT P-4529-2012, seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución del 29 de febrero de 2024, que denegó el recurso de apelación interpuesto en contra de resolución del 21 de febrero de 2024 que rechazó el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, atendido lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 17.322. Argumenta que el mencionado artículo 8°, debe ser interpretado de conformidad a las reglas del ordenamiento jurídico, en particular el elemento lógico, según el cual el sentenciador debe velar por la armonía y cohesión interna de la ley, respetando su intención o espíritu. En ese sentido, el fundamento último de la Ley N° 17.322 es obtener el pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores, lo que la parte ejecutada quiere cumplir, pero con el debido emplazamiento, encontrándose actualmente en indefensión ante la resolución cuya impugnación se deniega,
Fundamentos
considerando que existe causa de iguales características y partes en el mismo tribunal en donde el incidente interpuesto fue acogido, a saber, causa P-6216-2012. Solicita, en definitiva, que se acoja el presente recurso de hecho y se conceda la apelación deducida. A folio 4, se evacúa informe por doña Fresia Ainol Mondaca, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, remitiendo los antecedentes que obran en la causa RIT P-4529-2012. A folio 5, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el artículo 203 de Código de Procedimiento Civil dispone que, si el tribunal inferior deniega un recurso de apelación que ha debido concederse, la parte agraviada podrá ocurrir al superior respectivo, dentro del plazo de cinco días contado desde la notificación de la negativa, para que declare admisible dicho recurso. Segundo: Que, este recurso de hecho incide en procedimiento ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales RIT P-4529-2012, seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso. En este contexto, la parte ejecutada interpuso recurso de apelación en contra de la resolución del veintiuno de febrero de este año, que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento. Tercero: Que, la Ley N° 17.322, que establece las Normas para la Cobranza judicial de Cotizaciones, Aportes y Multas de las Instituciones de Seguridad Social –aplicable al caso- restringe la procedencia del recurso de apelación únicamente a las resoluciones señaladas en el artículo 8°, esto es, la sentencia definitiva de primera instancia, la resolución que declare negligencia en el cobro señalado en el artículo 4º bis y la resolución que se pronuncie sobre la medida cautelar del artículo 25 bis. Cuarto: Que, la resolución que rechaza el incidente de nulidad interpuesto por la ejecutada, no es apelable de conformidad a la normativa antes transcrita, ni es posible tampoco recurrir a la reglas de interpretación que aduce la recurrente, toda vez que existe norma expresa sobre la procedencia de recursos en esta materia, por lo que cabe desestimar este arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad además, con lo prescrito en el artículo 204 del Código de Procedimiento Civil y artículo 8° de la Ley N° 17.322, se rechaza el recurso de hecho, deducido por la abogada doña Leslie Cornejo Medina, en representación de la parte ejecutada, en contra la resolución de fecha veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT P-4529-2012, seguida ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Laboral - Cobranza-160-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece doña Leslie Cornejo Medina, abogada, en representación de la parte ejecutada “Alimentos y Productos Maita y Flores Ltda.”, en procedimiento ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales, causa RIT P-4529-2012, seguido ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso, deduciendo rec
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