ADMINITRADORA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SUBERCASEAUX COLLEGE LIMITADA/SUPERINTENDENCIA DE ED
Rol
Fecha
22 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que, comparece el abogado don Sergio Faúndez del Hoyo, en representación de la Administradora de Establecimientos Educacionales Subercaseaux College Limitada quien interpone recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta PA Nº 592 de veintiocho de mayo del año en curso, dictada por la Superintendencia de Educación, que lo sancionó con una multa de 51 UTM. 2.- Que, conforme lo dispone el artículo 85 de la Ley N° 20.529, los afectados que estimen que las resoluciones del Superintendente no se ajustan a la normativa educacional, podrán reclamar ante la Corte de Apelaciones correspondiente. 3.- Que, en tal sentido, las expresiones legales - Corte de Apelaciones correspondiente -, debe interpretarse en relación con el domicilio del sancionado, en el caso de autos, corresponde a la comuna de San Miguel, la cual se ubica en el territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de San Miguel, de allí que este Tribunal de Alzada resulta incompetente para conocer de estos antecedentes. Y atendido lo expuesto en los artículos 55 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, y demás normas legales citadas, se declara que esta Corte de Apelaciones es incompetente para conocer del arbitrio de folio N°1, debiendo remitirse los antecedentes a la Corte de Apelaciones de San Miguel, vía interconexión, por corresponderle su conocimiento y resolución. Hecho, archívese. N°Contencioso Administrativo-392-2024.mst
Fallo
se declara que esta Corte de Apelaciones es incompetente para conocer del arbitrio de folio N°1, debiendo remitirse los antecedentes a la Corte de Apelaciones de San Miguel, vía interconexión, por corresponderle su conocimiento y resolución. Hecho, archívese. N°Contencioso Administrativo-392-2024.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de agosto de dos mil veinticuatro. Por ingresado a despacho con esta fecha. Proveyendo al folio N° 1: aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, comparece el abogado don Sergio Faúndez del Hoyo, en representación de la Administradora de Establecimientos Educacionales Subercaseaux College Limitada quien interpone recurso de reclamaci
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