MUNICIPALIDAD DE YUMBEL/JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIAS DE YUMBEL
Rol
Fecha
5 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que comparece el abogado René Whites Sánchez, en representación de la parte demandada, en los autos Rit T-1-2024, caratulados “FLORES CON MUNICIPALIDAD DE YUMBEL” seguidos ante el Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel, interponiendo falso recurso de hecho en contra de la resolución dictada en audiencia del día 28 de junio último, por medio de la cual se concedió el recurso de apelación deducido por la demandante, contra la resolución que a su vez acogió la excepción de caducidad de la acción de tutela opuesta por la demandada. Pide que se declare inadmisible dicha apelación. 2°) Que, fundando su recurso expone, en síntesis, que previo a deducir el recurso de apelación, la actora repuso de la resolución que acogió la citada excepción de caducidad, la que fue rechazada por ser inadmisible en consideración a lo dispuesto en el artículo 453 N°1 del Código del Trabajo, y sólo ocurrido lo anterior, decidió alzarse de apelación, el que se tuvo por interpuesto en ambos efectos por el a quo, sin embargo yerra el tribunal en su decisión desde que ya había precluido el derecho del demandante para deducir el recurso de apelación por haber ejercido previamente reposición. 3°) Que, del mérito de lo antecedentes tenido a la vista, es posible advertir que por resolución dictada en audiencia preparatoria del día 28 de junio de 2024, se acogió la excepción de caducidad de la acción de tutela opuesta por la demandada. Asimismo, consta que en la misma audiencia la demandante previo a la interposición del recurso de apelación, en contra de la misma resolución dedujo recurso de reposición, el que fue rechazado por improcedente. 4°) Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 453 N°1 del Código de Trabajo la resolución que incide en el recurso de hecho materia de autos es susceptible de apelación, sin establecer la ley exigencia o limitación alguna en cuanto a la forma de su interposición, debiendo descartarse la argumentación que esgrime el recurre
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado René White Sánchez, en representación de la parte demandada, en contra de la resolución de veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel, en los autos RIT T-I--2024. Déjese constancia en los autos Ingreso Corte Laboral N°444-2024. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N°Laboral - Cobranza-470-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción rtp Concepción, cinco de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que comparece el abogado René Whites Sánchez, en representación de la parte demandada, en los autos Rit T-1-2024, caratulados “FLORES CON MUNICIPALIDAD DE YUMBEL” seguidos ante el Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel, interponiendo falso recurso de hecho en contra de la resolución dictada
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