SIN INFORMACION

DROGUETT ROMO JESUS ISRAEL / SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION

Rol

Fecha

5 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Julio Ballon Aytur, abogado, en representación de Jesús Israel Droguett Romo, interponiendo recurso de amparo en contra del Registro Civil e Identificación, por haber denegado la solicitud de pasaporte del amparado, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se fundamenta en una supuesta orden de arraigo inexistente, vulnerando con ello el derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas en su artículo 19 N°7, por lo que solicita se ordene a la parte recurrida emitir el pasaporte a don Jesús Israel Droguett Romo, a fin de que pueda salir del territorio nacional. Expone que el día 15 de julio del año en curso, el amparado, Jesús Israel Droguett Romo, acudió a las dependencias del Registro Civil e Identificación con la finalidad de obtener su pasaporte, sin embargo, su petición fue rechazada por el organismo recurrido, fundamentando dicha negativa en la existencia de una orden de arraigo en su contra, lo cual no es efectivo, toda vez que el amparado ha cumplido íntegramente todas las penas que le han sido impuestas con anterioridad. En consecuencia, afirma que no existe motivo alguno que justifique la limitación del derecho al libre tránsito de su representado, calificando el acto de negación de entrega del pasaporte como inconstitucional, por lo que solicita acoger la prsente acción y ordenar que la parte recurrida emita pasaporte al amparado para que este pueda salir del territorio nacional. Segundo: Que el Servicio de Registro Civil e Identificación, en su informe evacuado dentro de plazo, solicita el rechazo del presente recurso de amparo, argumentando que no ha existido actuación ilegal ni arbitraria de su parte, sosteniendo que su negativa a otorgar el pasaporte solicitado por don Jesús Israel Droguett Romo se fundamenta en el estricto cumplimiento de la normativa legal vigente, específicamente el Decreto Supr

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido. Consecuentemente, con la información proporcionada por el 14° Juzgado de Garantía de Santiago, el Servicio de Registro Civil deberá dar curso a la solicitud del amparado, emitiendo el pasaporte solicitado por el requerido, debiendo además actualizarse la información relativa al recurrente de acuerdo a lo informado por el tribunal. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2095-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. En Santiago, cinco de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de agosto de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Julio Ballon Aytur, abogado, en representación de Jesús Israel Droguett Romo, interponiendo recurso de amparo en contra del Registro Civil e Identificación, por haber denegado la solicitud de pasaporte del amparado, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se fundamenta

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