MORENO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA..
Hechos
Visto: A folio 1, comparece la abogada doña Judith Urzúa Arriaza, en favor de don Jesús Daniel Moreno Ovalles, venezolano, interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber declarado ilegal y arbitrariamente, mediante resolución exenta N° 24215496 de fecha 03 de mayo de 2024, ordenó el archivo de su solicitud de residencia definitiva, y solicita que se acoja y deje sin efecto el acto administrativo referido. Refiere que, al amparado, desde su llegada a Chile, se le otorgó visa sujeta a contrato para extranjeros válida desde hasta el 16 de enero de 2023. Aclarado lo anterior, con fecha 03 de noviembre de 2022, el amparado solicitó Residencia Definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones, solicitud que resultó acogida a tramitación. Que, mediante resolución 24215496 de fecha 03 de mayo de 2024, el Servicio Nacional de Migraciones determinó archivar la solicitud de residencias definitiva, por presuntamente haber hecho egreso del territorio nacional el día 18 de diciembre de 2023 y no haber reingresado. Añade que si bien, el amparado salió del país, no fue precisamente el 18 de diciembre, sino que el día 12 de diciembre de 2023, retornando al país el día 13 de diciembre desde el paso los libertadores. Acompaña certificado de la policía de Investigaciones, en donde registra salida del país el día 18 de diciembre de 2023, sin retorno, viaje que no ocurrió. Agrega, otro ingreso y egreso del país, esta es el día 02 de mayo de 2024, y regresando el día 07 de mayo desde México. En ese sentido, no debe pasarse por alto de que la Ley 21325, en su artículo 38, inciso segundo, la cual la habilita para su ingreso y egreso del país sin limitaciones siempre y cuando cuente con su certificado de residencia definitiva en trámite. A folio 4, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones solicitando desde ya el rechazo en todas sus partes de la misma, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite Segundo: Que, por la presente vía cautelar, se impugna la Resolución Exenta N°24215496 de fecha 03 de mayo de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones, que ordenó el archivo de la solicitud de residencia definitiva, señalando que el amparado no se encuentra en Chile desde el 18 de diciembre de 2023. Agrega que el archivo dispuesto no acarrea ninguna sanción migratoria al actor, toda vez que el extranjero puede solicitar el desarchivo de su solicitud para continuar con la tramitación del beneficio migratorio al que postuló. Tercero: Que, de lo antes expuesto se colige que no existe actuación ilegal por parte de la recurrida, que amenace o afecte la libertad individual del recurrente, emanando el acto reclamado de autoridad competente, dictado en un caso previsto por la ley, y en el marco de las facultades que la misma normativa entrega al servicio.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Jesús Daniel Moreno Ovalles en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad N°Amparo-1558-2024. En Valparaíso, cinco de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de agosto de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, comparece la abogada doña Judith Urzúa Arriaza, en favor de don Jesús Daniel Moreno Ovalles, venezolano, interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber declarado ilegal y arbitrariamente, mediante resolución exenta N° 24215496 de fecha 03 de mayo de 2024, o
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