CONTRERAS/G4S SECURITY SERVICE REGIONALES S.A.
Rol
Fecha
5 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: Advirtiéndose que la resolución impugnada, que pone término a la ejecución, ha sido dictada sin que se hubiere permitido a las partes rendir prueba acerca del cumplimiento y/o justificaciones respecto de las obligaciones asumidas en la conciliación que le sirve de título ejecutivo, entre ellas, la cláusula penal pactada, desde que no se abrió un término que lo permitiese, actuando esta Corte de oficio conforme a lo previsto el artículo 429 del Código del Trabajo, se invalida la resolución fechada el cinco de junio de dos mil veinticuatro, pero firmada en el sistema el seis de junio de dos mil veinticuatro, que rola a folio 16 de la carpeta judicial de origen, retrotrayéndose la causa al estado que magistratura no inhabilitada reciba a prueba la incidencia promovida por la ejecutada a folio 5, emitiéndose luego la decisión que con su mérito corresponda. Atento a lo decidido, resulta innecesario emitir pronunciamiento acerca del recurso de apelación deducido por la ejecutante. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-195-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, cinco de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Advirtiéndose que la resolución impugnada, que pone término a la ejecución, ha sido dictada sin que se hubiere permitido a las partes rendir prueba acerca del cumplimiento y/o justificaciones respecto de las obligaciones asumidas en la conciliación que le sirve de título ejecutivo, entre ellas, la cláusula penal pactada, de
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