JUZGADO DE LETRAS DE PEÑAFLOR

DONOSO NUÑEZ INGRID / FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

5 de agosto de 2024

Materia

RECARGOS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y por no resultar aplicable en la especie el artículo 748 del Código de Procedimiento Civil, desde que el de autos es un tribunal especial y no ordinario, de lo que se sigue que la regla del artículo 48 del Código Orgánico de Tribunales no rige la situación en examen, debiendo definirse la competencia del asunto de conformidad al inciso 1° del artículo 423 del Código del Trabajo y de acuerdo a lo establecido en el artículo 476 del código citado, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de diecinueve de junio del presente año, en los autos RIT O-15-2024 del Juzgado de Letras de Peñaflor y, en su lugar, se declara que el mencionado tribunal es competente para conocer de la demanda intentada en estos antecedentes. Devuélvase vía interconexión. N° Laboral - Cobranza-381-2024.

Fallo

se declara que el mencionado tribunal es competente para conocer de la demanda intentada en estos antecedentes. Devuélvase vía interconexión. N° Laboral - Cobranza-381-2024.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, a cinco de agosto de dos mil veinticuatro Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y por no resultar aplicable en la especie el artículo 748 del Código de Procedimiento Civil, desde que el de autos es un tribunal especial y no ordinario, de lo que se sigue que la regla del artículo 48 del Código Orgánico de Tribunales no rige la situación en examen, debiendo definirse la competen

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica