SIN INFORMACION

/CORTE DE APELACIONES DE TALCA

Rol

Fecha

5 de agosto de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1° Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2° Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Gonzalo Bastías Latorre, en contra de la resolución de 30 de julio de 2024, dictada por la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones, en causa Rol N°1410-2024/Penal. 3° Que, conforme al inciso segundo artículo 66 del Código Orgánico cada Sala representa a la Corte respectiva en los asuntos de que conoce, de manera que ninguna Sala de Corte de Apelaciones tiene la potestad constitucional para revisar resoluciones y decisiones de otras Sala del mismo tribunal. Por lo antes expuesto

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto por los abogados Mario Rojas Cereceda y Javier Bello Espinosa, en contra de lo resuelto el 30 de julio del año en curso en causa Rol 1410-2024/Penal por la Tercera Sala de esta Corte, integrada por el Ministro HERNÁN GONZÁLEZ GARCÍA; Ministro Suplente ÁLVARO SAAVEDRA SEPÚLVEDA y Abogado Integrante RODRIGO DE LA VEGA PARRA. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°423-2024/Amparo. EDA/eda

Texto Completo (Preview)

Talca, cinco de agosto de dos mil veinticuatro. Resolviendo lo principal del escrito folio 1: VISTO Y CONSIDERANDO: 1° Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2° Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Gonzalo Bastías Latorre, en contra de la

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