ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de agosto de 2024
Materia
DIVORCIO POR CULPA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que el tribunal de primera instancia declaró de oficio su incompetencia y, en consecuencia, no continuó con la tramitación de la demanda de divorcio unilateral por cese de convivencia,
Fundamentos
considerando el domicilio de la demandada y lo dispuesto en los artículos 54-1 de la Ley 19.968 sobre Tribunales de Familia y el artículo 87 de la Ley Nº19.947 sobre Matrimonio Civil. 2°) Que, sin embargo, la incompetencia que el juez debe declarar de oficio al controlar la admisibilidad de las demandas de familia conforme a lo dispuesto en el inciso final del artículo 54-1 de la ley 19.968, sólo puede...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, cinco de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que el tribunal de primera instancia declaró de oficio su incompetencia y, en consecuencia, no continuó con la tramitación de la demanda de divorcio unilateral por cese de convivencia, considerando el domicilio de la demandada y lo dispuesto en los artículos 54-1 de la Ley 19.968 sobre Tr
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