RODRÍGUEZ/SILVA
Rol
Fecha
5 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que comparece don Wilson Raimundo Rodríguez Galdame, cédula nacional de identidad N°17.755.088-4, chileno, soltero, empleado público, cabo 1ro. del Escalafón de Orden y Seguridad del Personal de Nombramiento Institucional de Carabineros de Chile, de dotación de la 3ra. Comisaría de Carabineros “Antofagasta”, dependiente de la Prefectura de Carabineros Antofagasta Nro. 04, quien dedujo recurso de protección en contra del Director Nacional de Personal de Carabineros de Chile, General Inspector Sr. Pablo A. Silva Chamorro, por cuanto dispuso el traslado del recurrente desde la 3ª Comisaría “Antofagasta”, de la Prefectura N°4, a la 66ª Comisaría “Bajos de Mena”, dependiente de la Prefectura Santiago Cordillera, acto ilegal y arbitrario que perturba o amenaza las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°1 y N°2 de la Constitución Política de la República, solicitando se resuelva como en derecho corresponda. Informó la recurrida al tenor del recurso, instando por su rechazo. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: En primer lugar, el recurrente señala que con fecha 16 de noviembre de 2023, fue notificado por parte de la Comisario de la Unidad, sobre el contenido íntegro del documento electrónico N.C.U. Nro. 195023589, de la Sección de Traslados del Departamento, mediante el cual se dispuso su traslado desde la 3ª Comisaría de la Prefectura Antofagasta N°4, a la 66ª Comisaría de la Prefectura Santiago Cordillera, con los derechos reglamentarios y con despacho inmediato. Añade que, al momento de su notificación manifestó disconformidad de dicho acto administrativo, por lo que interpuso el respectivo recurso de reposición, fundando en parte el mismo, en hechos acaecidos en el mes de enero del año 2019, época en que el recurrente se encontraba en comisión de servicio en la Tenencia Temporal de Carabineros “Hornitos”, y donde fue culpado, juzgado e incriminado respecto de un hecho delictual que niega haber cometido, siendo dispuesto ante la Fiscalía Militar Letrada de Ejército y Carabineros de Antofagasta. Y, que si bien, en una primera oportunidad fue desvinculado o dado de baja de la institución, en el mes de noviembre de 2021 la Corte Marcial habría resuelto revocar el auto procesamiento, y en su lugar declaró que el recurrente no fue procesado en dicha causa como autor del delito de hurto de especies afectadas al servicio de las instituciones armadas. Que, en junio del año 2023, mediante recurso de protección presentado ante esta Corte, se ordenó a Carabineros de Chile, Prefectura de Carabineros N°4, que dispusiera el término del sumario administrativo seguido en contra del actor dentro del término de 60 días corridos, lo que aconteció el 13 de septiembre de 2023, al ser notificado del dictamen respectivo donde se decidió no aprobar la vista fiscal ni sus ampliaciones y se dejó sin efecto las medidas disciplinarias expulsivas impuestas al recurrente, ordenando su rehabilitación. Que, además, dicho recurso de reposición se fundó en lo dispuesto en el artículo 31° de la Ley N°18.691 “Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile”, con relación a la Orden General N°2702, de fecha 12 de noviembre de 2019, que aprueba el Manual de Traslado para el Personal de Carabineros de Chile. Igualmente, expuso a conocimiento de la institución recurrida, que es padre de dos hijos que residen en la comuna de Antofagasta. El primero de 11 años de edad, cursando 6to año básico, respecto de quien mantiene un régimen de visita y fijación de pensión de alimentos, por lo que, al ser trasladado a la comisaría de destino, la que se encuentra a más de 1300 kilómetros de distancia, conllevaría posiblemente que dicha situación le ocasione a su hijo algún trastorno psicológico ya que estarían acostumbrados a verse todos los fines de semanas. Asimismo, indica tener una hija de 06 años de edad, cursando actualmente una etapa pre básica, dejándola todas las semanas a su jornada escolar, toda vez que su madre trabaja y estudia a la vez. Así, de verificarse el tra
Fallo
se resuelve el recurso de reconsideración deducido por el actor impugnando la medida, explicita los motivos de la decisión, señalando que esta “OBEDECIÓ POR RAZONES DE MEJOR SREVICIO Y CONFORME A LA NECESIDAD INSTITUCIONAL.”, haciendo presente que dicha facultad se encuentra debidamente regulada por la legislación, reglamentación y normativa interna de Carabineros de Chile, debiendo tenerse en cuenta que “AL INGRESAR A LA INSTITUCIÓN, TODO MIEMBRO DE ESTA, TOMA CONOCIMIENTO QUE PUEDE SER DESTINADO A LO LARGO DE TODO EL PAÍS, EN ESE SENTIDO, EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY N°18.691, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE CARABINEROS, ESTABLECE QUE LE CORRESPONDE SOLO A LA AUTORIDAD RESPECTIVA DE CARABINEROS DESTINAR AL PERSONAL EN LOS DIVEROS CARGOS Y EMPLEOS SEGÚN LOS REQUERIMIENTOS DE LA FUNCIÓN POLICIAL.”, para acto seguido continuar citando el marco normativa atingente al caso de marras. OCTAVO: Que, tal como ha resuelto la Excma. Corte Suprema en fallo de cinco de octubre de dos mil veintitrés, en causa Rol N°19.762-2023 “los traslados del personal de Carabineros se corresponden con el ejercicio de las facultades de la autoridad respectiva de la institución, cuyos miembros por su solo ingreso, se han comprometido a acatar las destinaciones y desempeñar las tareas y funciones que se les encomienden según las necesidades del servicio, lo cual, no es sino el reflejo de la estructura jerárquica y el sistema disciplinado de la institución.”. Conforme lo anterior, la decisión impugnada por la pa
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a cinco de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que comparece don Wilson Raimundo Rodríguez Galdame, cédula nacional de identidad N°17.755.088-4, chileno, soltero, empleado público, cabo 1ro. del Escalafón de Orden y Seguridad del Personal de Nombramiento Institucional de Carabineros de Chile, de dotación de la 3ra. Comisaría de Carabineros “Antofagasta”, dependiente de la Prefect
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica