C.A. de Valparaíso

CORTES JIRON MIGUEL ALEJANDRO CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS ANDES

Rol

133401-2022

Fecha

27 de octubre de 2022

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento tercero, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: 1.- Que según consta del mérito de los antecedentes, la sentencia dictada en procedimiento monitorio RIT N° 973-2022 con fecha 12 de abril de 2022 –por la que se suspendió la imposición de la pena al actor en los términos del artículo 398 del Código Procesal Penal-, fue notificada en la audiencia realizada el día 11 de octubre de 2022. 2.- Que no obstante lo anterior, en la última de las datas precitadas el tribunal recurrido, sin permitir al amparado el derecho a reclamar en contra del requerimiento y de la imposición de la sanción, dentro de los quince días siguientes a su notificación –prerrogativa consagrada en el artículo 392 letra a) del Código Procesal Penal-, dejó sin efecto la suspensión de la condena, en atención a haberse presentado a su respecto un requerimiento dentro de los seis meses siguientes a la dictación del fallo en cuestión. 3.- Que, así las cosas, al dejarse sin efecto por el tribunal la suspensión de la imposición de la condena, pese a no encontrarse firme el fallo por el que se decretó la misma, se infringió lo dispuesto en el artículo 398 del Código de Ramo, afectándose con ello la libertad personal del amparado en cuanto se le expuso a purgar efectivamente la pena pecuniaria que le fue impuesta, en cuanto ésta es susceptible de ser cumplida -vía sustitución y apremio- mediante la modalidad de reclusión. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de diecinueve de octubre de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 1.843-2022 y en su lugar se declara que se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de Miguel Alejandro Cortés Jirón, dejándose sin efecto la resolución de fecha 11 de octubre del 2022, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Andes en los autos Rit N° 973-2022, manteniéndose a firma la suspensión de la pena dispuesta en el fallo dictado en procedimiento monitorio con fecha 12 de abril de 2022. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 133.401-2022.

Fallo

fallo en cuestión. 3.- Que, así las cosas, al dejarse sin efecto por el tribunal la suspensión de la imposición de la condena, pese a no encontrarse firme el fallo por el que se decretó la misma, se infringió lo dispuesto en el artículo 398 del Código de Ramo, afectándose con ello la libertad personal del amparado en cuanto se le expuso a purgar efectivamente la pena pecuniaria que le fue impuesta, en cuanto ésta es susceptible de ser cumplida -vía sustitución y apremio- mediante la modalidad de reclusión. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de diecinueve de octubre de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 1.843-2022 y en su lugar se declara que se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de Miguel Alejandro Cortés Jirón, dejándose sin efecto la resolución de fecha 11 de octubre del 2022, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Andes en los autos Rit N° 973-2022, manteniéndose a firma la suspensión de la pena dispuesta en el fallo dictado en procedimiento monitorio con fecha 12 de abril de 2022. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 133.401-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintisiete de octubre de dos mil veintidós. Al escrito folio 183695: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento tercero, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: 1.- Que según consta del mérito de los antecedentes, la sentencia dictada en procedimiento monitorio RIT N° 973-2022 con fecha 12 de abril de 2022 –

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