1º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE RANCAGUA

DÍAZ GAETE YERKO CON EMPRESA DE TRANSPORTES RURAL SPA.

Rol

Fecha

2 de agosto de 2024

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, salvo su

Fundamentos

considerando décimo tercero que se elimina. Y teniendo en su lugar, además, presente: 1.- Que, atendido que la demandada sólo pidió la rebaja de la condena infraccional, y de acuerdo con lo dispuesto en el inciso antepenúltimo del artículo 24 de la Ley 19.496, que establece criterios para imponer el monto de la multa, entre los que deben considerarse la gravedad de la conducta, los parámetros objetivos que definan el deber de profesionalidad del proveedor, el grado de asimetría de la información entre las partes, el beneficio económico obtenido con motivo de la infracción, la duración de la conducta, y la capacidad económica del infractor, esta Corte considera más proporcional a dichos criterios el imponer una multa por la suma de 5 UTM, ya que en el hecho dañoso que sufrió el actor la demandada no tuvo mayor injerencia, ni beneficio económico, ni una diferencia en relación a la información que existía respecto al hecho denunciado, sin que tampoco se probara una especial capacidad económica, por tratarse de un servicio de transporte rural. 2.- Que en cuanto a la condena en costas impuesta por la sentencia en lo resolutivo d), lo cierto es que la querellada infraccional y demandada civil, no fue completamente vencida, de allí que resulte pertinente revocar lo apelado en dicho apartado, atendido lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, determinado en consecuencia que cada parte deberá pagar sus costas.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se declara: I.- Que se revoca la sentencia apelada de nueve de junio de dos mil veintitrés, que rola a fojas 49 y siguientes, dictada en los autos Rol 581.615, por el Primer Juzgado de Policía Local de Rancagua, en cuanto condenó en costas a la querella infraccional y demandada civil, y en su lugar se resuelve que cada parte deberá pagar las suyas. II.- Que se confirma en lo demás, la sentencia antes señalada, con declaración que se rebaja la multa a que fue condenada la parte demandada, a cinco Unidades Tributarias Mensuales (5 UTM). Regístrese y devuélvase. Rol Corte 136-2023-Policia Local.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, dos de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, salvo su considerando décimo tercero que se elimina. Y teniendo en su lugar, además, presente: 1.- Que, atendido que la demandada sólo pidió la rebaja de la condena infraccional, y de acuerdo con lo dispuesto en el inciso antepenúltimo del artículo 24 de la Ley 19.496, que establece cri

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