BENAVIDES/RESTUDIO SPA
Rol
Fecha
2 de agosto de 2024
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Por sentencia dictada con fecha treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, en causa RIT O-4872-2022, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda de despido improcedente interpuesta por Roxana Isabel Benavides Llancalahuen en contra de Restudio SpA, condenando a esta última al pago de la indemnización sustitutiva de aviso previo, indemnización por años de servicio, recargo legal del 30% sobre esta última, feriado legal y proporcional por los montos que detalla, condenando a la demandada además al pago de cotizaciones previsionales hasta la convalidación del despido, y a las costas, con reajustes e intereses legales, rechazando la demanda respecto de Codelco, omitiendo pronunciamiento de la excepción de falta de legitimación pasiva. Contra dicho fallo recurrió la parte demandada Restudio SpA por la causal del artículo 478 letra e) en relación al artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia hubiere sido pronunciada con omisión de cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo 459, específicamente en cuanto al análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que la parte demandada, Restudio SpA, invoca la causal de nulidad del artículo 478 letra e) en relación al artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo. Sostiene que la sentencia impugnada es formalmente defectuosa, por cuanto no se hace cargo ni pondera toda la prueba aportada por su parte, específicamente en lo relativo a la respuesta al oficio de AFP Hábitat. Aduce que dicho oficio fue recibido e incorporado en la causa, sin embargo, el tribunal a quo no lo consideró, lo que llevó a concluir erróneamente que existía deuda previsional al momento del despido. Concluye que la omisión de dicha diligencia influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, puesto que, de haber considerado, se habría tenido acreditado el pago oportuno de la totalidad de las cotizaciones de seguridad social de la demandante, lo que hubiera llevado a desestimar la pretensión de nulidad de despido y la consecuencial condena en costas. En síntesis, solicita se anule la sentencia impugnada en aquella parte que condenó a la demandada al pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales desde el despido, hasta su convalidación y lo relativo a las costas de la causa, dictando sentencia de reemplazo rechazando la demanda en relación a la acción de nulidad del despido, con costas. Segundo: Que el recurso de nulidad laboral tiene por objeto, según sea la causal invocada, asegurar el respeto a las garantías y derechos fundamentales, o bien, conseguir sentencias ajustadas a la ley, como se desprende de los artículos 477 y 478 del Código del Trabajo, todo lo cual evidencia su carácter extraordinario que se manifiesta por la excepcionalidad de los presupuestos que configuran cada una de las referidas causales en atención al fin perseguido por ellas, situación que igualmente determina un ámbito restringido de revisión por parte de los tribunales superiores y que, como contrapartida, impone al recurrente la obligación de precisar con rigurosidad los fundamentos de aquellas que invoca, como, asimismo, de las peticiones que efectúa. Igualmente, cabe tener presente que el recurso de nulidad no constituye una instancia, de manera que estas sentenciadoras no pueden ni deben revisar los hechos que conforman el conflicto jurídico de que se trata, siendo la apreciación y establecimiento de éstos una facultad exclusiva y excluyente del juez que conoció del respectivo juicio, y, asimismo, a esta Corte le está vedado efectuar una valoración de la prueba rendida ante el Juzgado del Trabajo, lo que corresponde únicamente a éste, el que está dotado de plena libertad para ello, con la sola limitación de no contrariar los principios de la lógica, las máximas de experiencia y los conocimientos científicamente afianzados. El recurso de nulidad, finalmente requiere claridad y precisión en su fundamentación lo que resulta necesario toda vez que aquello da y define la competencia del Tribunal superior, el que no puede acogerlo por otros motivos, salvo la situación contemplada
Fallo
fallo recurrió la parte demandada Restudio SpA por la causal del artículo 478 letra e) en relación al artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia hubiere sido pronunciada con omisión de cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo 459, específicamente en cuanto al análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Y CONSIDERANDO: Primero: Que la parte demandada, Restudio SpA, invoca la causal de nulidad del artículo 478 letra e) en relación al artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo. Sostiene que la sentencia impugnada es formalmente defectuosa, por cuanto no se hace cargo ni pondera toda la prueba aportada por su parte, específicamente en lo relativo a la respuesta al oficio de AFP Hábitat. Aduce que dicho oficio fue recibido e incorporado en la causa, sin embargo, el tribunal a quo no lo consideró, lo que llevó a concluir erróneamente que existía deuda previsional al momento del despido. Concluye que la omisión de dicha diligencia influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, puesto que, de haber considerado, se habría tenido acreditado el pago oportuno de la totalidad de las cotizaciones de seguridad social de la demandante, lo que hubiera llevado a desestimar la pretensión de nulidad de despido y la consecuencial condena en co
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Por sentencia dictada con fecha treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, en causa RIT O-4872-2022, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se acogió la demanda de despido improcedente interpuesta por Roxana Isabel Benavides Llancalahuen en contra de Restudio SpA, condenando a esta última al p
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica