SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE LOS LAGOS/BOOCK
Rol
Fecha
1 de agosto de 2024
Materia
PESCA Y ACUICULTURA,INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Con la cuenta dada, y apreciando que en el caso de marras se cumple el presupuesto establecido en el artículo 125 N°10 de la ley 18.892, General de Pesca y Acuicultura, que dispone: “Si transcurrido el plazo a que se refiere el número anterior, no estuviere acreditado el pago de la multa, se despachará orden de arresto en contra del infractor” y teniendo presente además lo señalado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución en alzada de fecha veintiseis de abril de dos mil veinticuatro, escrita a folio 55 del cuaderno principal, y en su lugar se declara que se ordena despachar orden de arresto contra el sentenciado de autos. En consecuencia, el tribunal a quo deberá adoptar las medicas y dictar las resoluciones que en derecho sean pertinentes. Devuélvase Rol Civil 589-2024.
Fallo
se declara que se ordena despachar orden de arresto contra el sentenciado de autos. En consecuencia, el tribunal a quo deberá adoptar las medicas y dictar las resoluciones que en derecho sean pertinentes. Devuélvase Rol Civil 589-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, uno de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Con la cuenta dada, y apreciando que en el caso de marras se cumple el presupuesto establecido en el artículo 125 N°10 de la ley 18.892, General de Pesca y Acuicultura, que dispone: “Si transcurrido el plazo a que se refiere el número anterior, no estuviere acreditado el pago de la multa, se despachará orden de arresto en contra del inf
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica