JUZGADO DE GARANTIA DE OSORNO

CARLOS ARTURO ACEVEDO CAVIERES C/ JOSEMANUEL SOZA GUZMAN

Rol

Fecha

1 de agosto de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia y estimando suficientes la medidas que se decretarán para los fines del procedimiento, se REVOCA la resolución apelada de veintiséis de julio de dos mil veinticuatro y, en su lugar, se sustituye la prisión preventiva de los imputados Bleidy Rodríguez Ladino y José Soza Guzmán por las medidas cautelares de arresto domiciliario en su modalidad total y arraigo nacional. Respecto de la imputada Rodríguez Ladino, la medida incluye permisos excepcionales para controles médicos en atención a su estado de embarazo. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 1125-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, uno de agosto de dos mil veinticuatro. Sr. Alejandro Clunes Muñoz, Relator. En Valdivia, uno de agosto de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se sustituya la prisión preventiva por otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. A continuación alega el Ministerio Público y solicita se confirme la resolución apelada, en virtud de fundamentos de hecho y derecho que expone en audiencia. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia y estimando suficientes la medidas que se decretarán para los fines del procedimiento, se REVOCA la resolución apelada de veintiséis de julio de dos mil veinticuatro y, en su lugar, se sustituye la prisión preventiva de los imputados Bleidy Rodríguez Ladino y José Soza Guzmán por las medidas cautelares de arresto domiciliario en su modalidad total y arraigo nacional. Respecto de la imputada Rodríguez Ladino, la medida incluye permisos excepcionales para controles médicos en atención a su estado de embarazo. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 1125-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, uno de agosto de dos mil veinticuatro. Sr. Alejandro Clunes Muñoz, Relator. En Valdivia, uno de agosto de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA UNO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DE LOS RECURSOS DE APELACIÓN INTERPUESTOS POR LAS DEFENSAS EN CAUSA RUC 2400412576-9, RIT 4627 - 2024, ROL CORTE N° PENAL- 1125- 2024 Y 1133-2024 Siendo las 09.09 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Minis

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica