ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de agosto de 2024
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: 1.- Que conforme la regla general, aplicable también en materia de Derecho de Familia, el término para recurrir de apelación es de cinco días, contados desde la notificación legal a las partes. 2.- Que del mérito de los antecedentes consta que la resolución en contra de la cual se recurre, fue notificada a la parte apelante en autos, con fecha cuatro de julio de dos mil veinticuatro, y el recurso de apelación fue interpuesto ...
Texto Completo (Preview)
mbaa C.A. de Santiago Santiago, cinco de agosto de dos mil veinticuatro. Por recibidos los antecedentes desde el Juzgado de Familia de Pudahuel y, en su mérito, téngase por cumplido lo ordenado el veinticuatro de julio último. A los folios Nos 4 y 5; aténgase a lo que se resolverá. VISTOS: 1.- Que conforme la regla general, aplicable también en materia de Derecho de Familia, el término para recurr
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