MP C/ NICOLÁS JESÚS ASTUDILLO VEGA Y OTRO
Rol
Fecha
1 de agosto de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal y artículo 32 de la Ley 20.084, se confirma, en lo apelado, la resolución de veintisiete de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó la medida cautelar de internación provisoria del imputado Martín Ignacio Alexis Aguilera Olivares. Acordada con el voto en contra de la Ministra Suplente Sra. Marisol González Vera, quien fue de opinión de revocar la resolución en alzada por estimar que otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para resguardar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-2200-2024. –
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a uno de agosto de dos mil veinticuatro, a las 10:08 horas, ante la Quinta Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, integrada por el Presidente Titular Sr. Rafael Corvalán Pazols y constituida, además, por la Ministra Suplente Sra. Marisol González Vera y la Abogado Integrante Sra. Pamela Prado López, para l
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