GONZÁLEZ/JUZGADO DE GARANTIA DE CAUQUENES
Rol
Fecha
1 de agosto de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, el 26 de abril de 2024 comparecen Sandy Young Badilla y Felipe González Hernández, abogados, por la defensa del imputado SIMÓN SÁNCHEZ CARO, en causa RIT 617-2021 del Juzgado de Garantía de Cauquenes, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 25 de abril del 2024, dictada por doña ANDREA SUAZO QUIROZ, juez subrogante de ese tribunal, que concedió el recurso de apelación deducido por la querellante, en contra de la resolución de 19 de abril de 2024, que rechazó su petición de dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 186 del Código Procesal Penal. Explica que el tribunal a quo concedió una apelación (no debiendo haberla concedido) de una resolución que rechazó, en audiencia, una solicitud de la querellante fundada en el art. 186 del Código procesal penal. Dicha resolución apelada no pone fin al procedimiento y no tiene asociado recurso de apelación, el cual es de carácter extraordinario en sede penal. Precisan que en estos autos el 26 de abril de 2021 se presentó una querella por un presunto delito de reproducción de documentos o instrumentos privados y un presunto delito de amenazas en contra de su representado, adicionando que el 19 de abril de 2024 se llevó a efecto la audiencia contemplada en el art 186 del Código Procesal Penal en la cual se solicitó, en lo pertinente, formalizar la investigación respecto a su representado, fijando audiencia al efecto, petición que fue rechazada. En contra de lo resuelto la querellante el 24 de abril de 2024 dedujo recurso de apelación, el cual fue declarado admisible por resolución dictada al día siguiente, aun cuando lo resuelto no pone fin al procedimiento ni tiene asociado recurso de apelación alguno. Argumenta que en el sistema procesal penal chileno el recurso de apelación es extraordinario, debiendo existir agravio y la configuración de alguna de las causales que taxativamente enumera el legislador, citando posteriormente lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal.
Fallo
se declara INADMISIBLE, por improcedente, dicho arbitrio. Comuníquese por la vía más expedita y déjese constancia de lo resuelto en causa Rol N°912-2024/Penal. Rol N°919-2024/Penal. EDA/eda
Texto Completo (Preview)
Talca, uno de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO: PRIMERO: Que, el 26 de abril de 2024 comparecen Sandy Young Badilla y Felipe González Hernández, abogados, por la defensa del imputado SIMÓN SÁNCHEZ CARO, en causa RIT 617-2021 del Juzgado de Garantía de Cauquenes, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 25 de abril del 2024, dictada por doña ANDREA SUAZO QUIROZ, juez subrog
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