1º JUZGADO DE LETRAS DE LINARES

MARTÍNEZ/

Rol

Fecha

31 de julio de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia en alzada. Y teniendo, además, presente: Que los deslindes originales que figuran en el registro conservatorio son absolutamente distintos a los solicitados en la gestión de que se trata, donde incluso se incorpora un camino público, lo que significa que tales divergencias no pueden ser zanjadas en este procedimiento voluntario, menos aún, sino se han apersonado al mismo los propietarios colindantes, cuya eventual citación es facultad del tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 820 del Código de Procedimiento Civil. Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia definitiva apelada de veintinueve de diciembre de dos mil veintidós, dictada en causa Rol V-119-2022 del Primer Juzgado de Letras de Linares, sin costas del recurso. Regístrese y devuélvase. N°Civil-123-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia definitiva apelada de veintinueve de diciembre de dos mil veintidós, dictada en causa Rol V-119-2022 del Primer Juzgado de Letras de Linares, sin costas del recurso. Regístrese y devuélvase. N°Civil-123-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada. Y teniendo, además, presente: Que los deslindes originales que figuran en el registro conservatorio son absolutamente distintos a los solicitados en la gestión de que se trata, donde incluso se incorpora un camino público, lo que significa que tales divergencias no pueden ser zanjadas e

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