JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

M.P C/CAMILA FERNANDA MERINO ALARCÓN. (QUERELLANTE: MALVINA IBARRA ÁVILA).

Rol

Fecha

31 de julio de 2024

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que del mérito de lo expuesto en la audiencia resulta que no han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de decretar la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Camila Fernanda Merino Alarcón, y que a su vez, se encuentran suficientemente justificados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el cual fue formalizada la investigación, y se estima, además, que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de acuerdo con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando la naturaleza del ilícito y la gravedad de la pena asignada al mismo, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto además lo dispuesto en los artículos 140 y 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de veintidós de julio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Camila Fernanda Merino Alarcón. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante señora Florina Bueno quien estuvo por revocar la prisión preventiva a la imputada e imponer otras medidas cautelares de menor intensidad por estimarlas suficientes para asegurar los fines del procedimiento. Devuélvase. N° 2776-2024-Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: 2776-2024-Penal Ruc: 2200493067-7 Rit: 4477-2022 JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO Ministro de fe: Javier Marchant Cabezas Ministerio Público: Bárbara Ramos Arrué Querellante: Hugo Andrés Herrera Andreucci Defensor: Cynthia Molina Salazar Imputado: CAMILA FERNANDA MERINO ALARCÓN Escritos proveídos en audiencia:

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