7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

RAMON ESTEBAN RIQUELME BARRERA C/ GUILLERMO JONATHAN FUENTES ALTAMIRANO

Rol

Fecha

31 de julio de 2024

Materia

TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

hechos formalizados en esta causa, máxime si el tenor literal del inciso final del artículo 304 ter del Código Penal y la historia de la ley, dan cuenta que la voluntad del legislador era sancionar penalmente a los internos que portaran elementos tecnológicos en recintos penitenciarios, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias conforme al Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Por consiguiente, no existe una doble sanción por los mismos hechos, habida consideración, además, que se trata de procedimientos de naturaleza diversa, que tienen distintas finalidades y protegen diversos bienes jurídicos. Así las cosas, la resolución en alzada será enmendada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 253 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada, dictada en audiencia de dos de julio de este año, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT N° 4145, que dictó el sobreseimiento definitivo del imputado Guillermo Jonathan Fuentes Altamirano y, en su lugar, se declara que se rechaza la solicitud de la defensa de decretar el sobreseimiento definitivo por la causal del artículo 250 letra f) del Código Procesal Penal, debiendo la causa seguir su tramitación de acuerdo a las reglas generales. Comuníquese. Rol Corte Nro. 3965-2024 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

por tanto, en la especie no se cumple con el requisito exigido por la letra f) del artículo 250 del Código del ramo y no correspondía decretar el sobreseimiento definitivo del imputado por los hechos formalizados en esta causa, máxime si el tenor literal del inciso final del artículo 304 ter del Código Penal y la historia de la ley, dan cuenta que la voluntad del legislador era sancionar penalmente a los internos que portaran elementos tecnológicos en recintos penitenciarios, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias conforme al Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Por consiguiente, no existe una doble sanción por los mismos hechos, habida consideración, además, que se trata de procedimientos de naturaleza diversa, que tienen distintas finalidades y protegen diversos bienes jurídicos. Así las cosas, la resolución en alzada será enmendada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 253 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada, dictada en audiencia de dos de julio de este año, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT N° 4145, que dictó el sobreseimiento definitivo del imputado Guillermo Jonathan Fuentes Altamirano y, en su lugar, se declara que se rechaza la solicitud de la defensa de decretar el sobreseimiento definitivo por la causal del artículo 250 letra f) del Código Procesal Penal, debiendo la causa seguir su tramitación de acuerdo a las reglas generales. Comuníquese. Rol Corte Nro. 3965-2024 (P

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-3965-2024 Ruc: 2400032844-4 Rit : O-4145-2024 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora María Paula Merino Verdugo, el Ministro (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich y el Abogado Integrante señor Jorge Andrés Hales De La Fuente Relator: Carol

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