3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ BERNARDA ANDREA VERA ALFARO

Rol

Fecha

31 de julio de 2024

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: PRIMERO: Que de la revisión de los antecedentes surge que mientras funcionarios de Carabineros de Chile se encontraban realizando un patrullaje preventivo en la comuna de Recoleta, se les acercó una mujer quien por temor a represalias no se quiso identificar, quien les señaló que en calle Salas a la altura del N° 175 de la antes aludida comuna, una mujer de tez blanca, quien vestía con chaqueta negra, zapatillas rosa con naranja y pantalón de buzo color gris la cual se encontraría traficando drogas en el sector, portando un bolso negro con gris en el cual guardaba las sustancias estupefacientes. Al arribar a dicho lugar, los agentes policiales pudieron constatar que en el mismo se encontraba una mujer que concordaba con las características físicas y de vestimenta antes reseñadas, practicándole un control de identidad investigativo, en cuya virtud se le efectuó un registro de sus pertenencias, encontrando al interior del bolso que portaba la cantidad de 61 papelillos contenedores de una sustancia dubitada como pasta base de cocaína, con un pesaje bruto de 14,300 gramos. SEGUNDO: Que, de los antecedentes antes expuestos, surge que la detención de la imputada se ajustó a derecho, en cuanto emanó de un control un control de identidad investigativo practicado a su respecto, el que se basó en un indicio grave y de entidad, constituido por una denuncia anónima que fue recibida por los funcionarios aprehensores, misma que contiene datos precisos tanto respecto de las características físicas y de vestimenta de la encartada, como del lugar en el que ésta se encontraba desplegando su actuar delictivo, cuestiones que por lo demás fueron corroboradas por los agentes, resultando evidente que en la especie se encuentran satisfechas las exigencias contenidas en el artículo 85 del Código Procesal Penal para la práctica de tal actuación autónoma. TERCERO: Que, en ese entendido, solo cabe concluir que la detención de que fue objeto la imputada

Fallo

se resuelve que tal detención se encuentra ajustada a derecho. Regístrese, comuníquese y devuélvase. N°Penal-4076-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro. A los folios 4 y 5; a todo, téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: PRIMERO: Que de la revisión de los antecedentes surge que mientras funcionarios de Carabineros de Chile se encontraban realizando un patrullaje preventivo en la comuna de Recoleta, se les acercó una mujer quien por temor a represalias no s

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica