SOLDAN MURILLO GUILERMO/5° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)
Rol
Fecha
30 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Germán Valladares Bugueño, abogado, en representación del demandado en los autos sobre juicio ejecutivo de cobro de pagaré, caratulado “Sudtirol S.A./Sociedad de Inversiones Jacaranda Limitada”, Rol C- 3800- 2020, seguida ante el Quinto Juzgado Civil de Santiago, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 28 de marzo de 2024, de cuaderno de apremio, por doña Giselle Sorhaburu Carvajal, que no concedió el recurso de apelación subsidiario a la reposición deducido en contra de la resolución de fecha 12 de marzo del presente año, que rechazó incidente de nulidad interpuesto respecto de la resolución de 9 de febrero del año en curso, que rechazó objeción formulada a las bases de remate, fundado su reclamo en la falta de fundamentación. Sostiene que la resolución que falla un incidente es una sentencia interlocutoria, puesto que produce cosa juzgada, de conformidad al artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes. Adiciona que, si la resolución recurrida es considerada un auto, altera la sustanciación regular del procedimiento, puesto que la fundamentación de las resoluciones judiciales es un elemento de la esencia o constitutivos de la función jurisdiccional, lo que la hace apelable. Solicita que, se acoja el recurso de hecho deducido en contra de la resolución de fecha 28 de marzo de 2024 y se declare admisible el recurso de apelación. SEGUNDO: Que, evacúa informe doña Giselle Sorhaburu Carvajal, juez suplente, del Quinto Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C-3800-2020, caratulados “Sudtirol S.A./ Sociedad de Inversiones Jacaranda Limitada”, sobre procedimiento ejecutivo de obligación de dar, materia cobro de pagaré, señalando: I) Que con fecha 15 de febrero de 2024, se interpuso por la parte demandada incidente de nulidad procesal, con el objeto de obtener la invalidez de la resolución de fecha 09 de febrero de 2024, del
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Enjuiciamiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por la parte demandada en contra de la resolución de veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro dictada por el Quinto Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C-3800-2020, caratulados “Sudtirol S.A./ Sociedad de Inversiones Jacaranda Limitada”. Regístrese y archívese. N° Civil-5255-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Germán Valladares Bugueño, abogado, en representación del demandado en los autos sobre juicio ejecutivo de cobro de pagaré, caratulado “Sudtirol S.A./Sociedad de Inversiones Jacaranda Limitada”, Rol C- 3800- 2020, seguida ante el Quinto Juzgado Civil de Santiago, quien inte
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