MP C/ ALEXANDER LEANDRO HARO MORALES
Rol
Fecha
30 de julio de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, estimándose que, con los elementos probatorios hasta ahora reunidos, se mantienen indicios suficientes para justificar en este estado procesal, la existencia del ilícito por el cual se ha formalizado al imputado adolescente Alexander Leandro Haro Morales, como asimismo, su participación en calidad de autor y, apreciándose aquellos medios de convicción como bastantes para considerar que la medida cautelar personal de internación provisoria que se mantuvo a su respecto, aparece como proporcionada, en atención a que la libertad del imputado adolescente constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y la víctima, ponderando en ello la gravedad de la pena asignada al ilícito, carácter, forma de comisión, no habiendo variado sustancialmente los antecedentes tenidos a la vista para decretar en su oportunidad la citada medida cautelar y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 140, 144 y 145 del Código Procesal Penal y artículo 32 de la Ley N° 20.084, SE CONFIRMA, la resolución apelada de fecha veinticinco de julio de dos mil veinticuatro, en cuanto por ella se mantuvo la medida cautelar personal de internación provisoria en contra del imputado adolescente ALEXANDER LEANDRO HARO MORALES. Acordado lo anteriormente decidido con el voto en contra del Ministro Titular don José Ignacio Mora Trujillo, quien fue de la opinión de revocar la resolución apelada, en atención a que otras medidas cautelares personales pueden satisfacer suficientemente los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad y la víctima, resultando éstas proporcionales en consideración a las circunstancias que rodearon el hecho ilícito y la sanción probable a aplicar. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 299-2024 (Penal).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, treinta de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, estimándose que, con los elementos probatorios hasta ahora reunidos, se mantienen indicios suficientes para justificar en este estado procesal, la existencia del ilícito por el cual se ha formalizado al imputado adolescente Alexander Leandro
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica