SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO CON CORPORACION MUNICIPAL SAN FERNANDO
Rol
Fecha
30 de julio de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: I.- En cuanto al ingreso Corte 482-2024: 1.- Que, atendido mérito de los antecedentes y de la lectura de los puntos de prueba fijados por el tribunal, aparece que lo solicitado por el ejecutado se encuentra comprendido dentro de la redacción de los puntos 3 y 4, por lo que se rechazará el recurso de apelación, como se dirá en lo resolutivo. II.- En cuanto al ingreso Corte 684-2024: 2.- Que, atendido el mérito de los antecedentes,
Fundamentos
considerando que, efectivamente, el Banco del Estado tiene el deber de resguardo y conservación de los documentos cuya remisión se solicita y, siendo un antecedentes útil para la resolución de la presente causa, se revocará la resolución apelada, dando lugar al oficio solicitado por la parte demandante. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se resuelve: I.- Que, se confirma, en lo apelado, la resolución de veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, dictada en la causa Rol C-955-2021, por el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando. II.- Que, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro, dictada en los mismos autos antes indicados y, en su lugar se resuelve, que se accede a oficiar al Banco del Estado para que remita los comprobantes de transferencias realizadas durante los años 2015 y 2016, por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, RUT N°61.531.000-K, a la Corporación Municipal de San Fernando, RUT N°71.328.600-1, Número de Cuenta 41709000029, de la señalada institución bancaria. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 482-2024. Civil (Acumulada con causa Rol 684-2024)
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C.A. de Rancagua Rancagua, treinta de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: I.- En cuanto al ingreso Corte 482-2024: 1.- Que, atendido mérito de los antecedentes y de la lectura de los puntos de prueba fijados por el tribunal, aparece que lo solicitado por el ejecutado se encuentra comprendido dentro de la redacción de los puntos 3 y 4, por lo que se rechazará el recurso de apelación, como se di
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